CNAE 43.22: Fontanería, Calefacción y Aire Acondicionado
El código CNAE 43.22 clasifica todas las actividades de instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de fontanería, calefacción, refrigeración y aire acondicionado en edificios.

CNAE 43.22: Fontanería, Calefacción y Aire Acondicionado
Introducción
El código CNAE 43.22 identifica todas las actividades relacionadas con la instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de fontanería, calefacción y aire acondicionado en edificios. Este código es fundamental para empresas y autónomos dedicados a la climatización, fontanería y sistemas de distribución de fluidos en construcción. Su correcta clasificación es esencial para cumplir con las obligaciones fiscales y administrativas ante la Administración Tributaria. Con más de 470 búsquedas anuales, es uno de los códigos más consultados en el sector de la construcción especializada, reflejando la importancia de estas instalaciones en la edificación moderna.
Descripción Detallada
El CNAE 43.22 comprende un amplio espectro de actividades profesionales en el ámbito de las instalaciones técnicas de edificios. Esta clasificación incluye la instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de calefacción diversos, tales como bombas de calor, colectores solares térmicos, hornos, torres de refrigeración y sistemas de intercambio de calor. Asimismo, abarca toda la fontanería sanitaria, incluyendo tuberías, grifería, sanitarios y sistemas de distribución de agua tanto fría como caliente.
Las instalaciones de aire acondicionado centralizado, sistemas de ventilación y equipos de climatización son actividades clave incluidas en este código. También se contempla la instalación de sistemas de gas, conducciones de vapor, sistemas de aspersión (contra incendios y riego), conductos de ventilación y la construcción de estufas de mampostería. Un aspecto relevante es la instalación de sistemas de distribución de gas médico en hospitales, que requiere especialización y cumplimiento normativo específico.
Ejemplos concretos de empresas y profesionales que utilizan este código incluyen instaladores de calefacción central, empresas de climatización integral, fontaneros especializados en sistemas de distribución de agua, técnicos en instalaciones de aire acondicionado comercial e industrial, y contratistas especializados en reformas de sistemas de calefacción. También se incluyen profesionales dedicados a la instalación de sistemas de energía renovable térmica (placas solares para calefacción) y empresas que realizan ampliaciones y reformas de sistemas existentes.
Es crucial diferenciar este código de otros similares: CNAE 43.21 (Instalaciones eléctricas) se refiere exclusivamente a instalaciones eléctricas, mientras que CNAE 43.22 aborda sistemas de fluidos y climatización. CNAE 43.23 (Instalación de aislamientos) se enfoca en aislamiento térmico y acústico. La clave está en identificar si la actividad principal es la instalación de sistemas de climatización, fontanería o gas, lo que corresponde a 43.22.
Actividades Excluidas
Es fundamental conocer qué actividades NO se incluyen en CNAE 43.22 para evitar clasificaciones incorrectas. La instalación de calefacción por hilo radiante eléctrica se excluye expresamente y debe clasificarse bajo CNAE 43.21 (Instalaciones eléctricas), ya que se considera una instalación eléctrica especializada.
Las inspecciones por cámara de conductos de aire, tuberías de agua, gas y otros líquidos, sin reparación o instalación posterior, se clasifican bajo CNAE 71.20 (Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas de consultoría técnica). Esta distinción es importante para empresas de inspección y diagnóstico técnico.
La reparación de equipos de aire acondicionado no central (equipos de ventana, portátiles o split domésticos) se clasifica bajo CNAE 95.22 (Reparación de equipos de ocio y deporte), no en 43.22. Sin embargo, la instalación de estos equipos sí entraría en 43.22 si forma parte de una instalación más compleja.
Códigos Relacionados
Equivalencias CNAE ↔ IAE:
El CNAE 43.22 se corresponde principalmente con dos códigos IAE:
- IAE 504.2 (Instalaciones de fontanería): Este código IAE abarca específicamente las instalaciones de fontanería, tuberías de agua y sistemas sanitarios. Empresas autónomas dedicadas exclusivamente a fontanería deben usar este código.
- IAE 504.3 (Instalaciones de frío y calor): Cubre sistemas de calefacción, refrigeración y aire acondicionado. Es el código elegido por empresas especializadas en climatización e instalaciones térmicas.
- IAE 507 (Construcción de toda clase de obras): Código más general para empresas constructoras que realizan instalaciones como parte de obras completas.
Códigos CNAE relacionados en la misma categoría:
- CNAE 43.21 (Instalaciones eléctricas): Instalaciones de baja y alta tensión, cuadros eléctricos y sistemas de distribución eléctrica. Usar cuando la actividad principal sea electricidad, no climatización.
- CNAE 43.23 (Instalación de aislamientos): Aislamiento térmico y acústico de edificios. Complementaria pero diferenciada de 43.22.
- CNAE 43.24 (Otras instalaciones en obras de construcción): Categoría residual para instalaciones especializadas no clasificadas en 43.21, 43.22 o 43.23, como ascensores, puertas automáticas o sistemas de seguridad.
Preguntas Frecuentes
P: ¿Debo usar CNAE 43.22 si soy fontanero autónomo que también instala calderas?
R: Sí, definitivamente. El CNAE 43.22 es la clasificación correcta para fontaneros que realizan instalaciones de calefacción además de fontanería. De hecho, la mayoría de fontaneros profesionales incluyen ambas actividades. Si tu actividad principal es fontanería pura, podrías considerar IAE 504.2, pero si instalas sistemas de calefacción o aire acondicionado, 43.22 es la opción más precisa. Ante la duda, es recomendable usar 43.22 ya que es más amplio e incluye ambas actividades.
P: ¿Qué diferencia hay entre CNAE 43.22 y CNAE 43.21 para instalaciones de aire acondicionado?
R: CNAE 43.21 se refiere exclusivamente a instalaciones eléctricas (cableado, cuadros de distribución, instalaciones de baja y alta tensión). CNAE 43.22 cubre el aire acondicionado como sistema de climatización completo, incluyendo conductos, equipos frigoríficos y sistemas de distribución de aire. La diferencia clave es que 43.22 se aplica cuando instala el equipo de climatización y sus conductos, mientras que 43.21 sería si únicamente realiza la instalación eléctrica de conexión. En la práctica, una empresa que instala aire acondicionado centralizado usará 43.22.
P: ¿Es obligatorio dar de alta en IAE si soy instalador de fontanería y calefacción?
R: Sí, es obligatorio. Todo autónomo o empresa que realice actividades de instalación de fontanería, calefacción o aire acondicionado debe darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Deberá elegir entre IAE 504.2 (si es únicamente fontanería) o IAE 504.3 (si incluye calefacción y climatización), o ambas si realiza ambas actividades de forma diferenciada. El alta debe realizarse ante la Agencia Tributaria en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad.
P: ¿Puedo clasificarme en CNAE 43.22 si instalo sistemas de energía solar térmica?
R: Sí, completamente. La instalación de colectores solares térmicos para calefacción está expresamente incluida en CNAE 43.22. Esta actividad es cada vez más común debido al aumento de demanda de energías renovables. Sin embargo, si tu actividad es principalmente la instalación de placas fotovoltaicas para generación de electricidad, podrías necesitar una clasificación diferente (más cercana a electricidad). La clave está en si es un sistema térmico (calefacción) o eléctrico (energía).
P: ¿Qué obligaciones fiscales tengo como empresa de CNAE 43.22?
R: Como empresa clasificada en CNAE 43.22, debes cumplir con las siguientes obligaciones principales: registro en el IAE (obligatorio), presentación de declaraciones de IVA (trimestral o mensual según volumen), declaración de la Renta (IRPF si eres autónomo, o Impuesto de Sociedades si eres empresa), retención de IRPF sobre facturas (si aplica), afiliación a la Seguridad Social, y mantener registros contables adecuados. Además, debes cumplir con normativas técnicas específicas como el Código Técnico de la Edificación (CTE) y certificaciones profesionales según la comunidad autónoma.
Conclusión
CNAE 43.22 es la clasificación esencial para profesionales y empresas dedicadas a la instalación, reparación y mantenimiento de sistemas de fontanería, calefacción y aire acondicionado. Su correcta identificación garantiza el cumplimiento normativo ante la Administración Tributaria y facilita la gestión administrativa. Para una clasificación precisa y evitar errores que puedan resultar en sanciones, se recomienda usar el conversor IAE-CNAE oficial y, en caso de duda, consultar con un asesor fiscal especializado en el sector de la construcción.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Debo usar CNAE 43.22 si soy fontanero autónomo que también instala calderas?
Sí, definitivamente. El CNAE 43.22 es la clasificación correcta para fontaneros que realizan instalaciones de calefacción además de fontanería. De hecho, la mayoría de fontaneros profesionales incluyen ambas actividades en su cartera de servicios. Si tu actividad principal es fontanería pura, podrías considerar IAE 504.2, pero si instalas sistemas de calefacción o aire acondicionado, CNAE 43.22 es la opción más precisa y recomendada.
Ante la duda, es aconsejable usar CNAE 43.22 ya que es más amplio e incluye ambas actividades. Esto evita problemas posteriores con la Administración Tributaria y refleja mejor la realidad de tu negocio. Recuerda que puedes comunicar cambios en tu clasificación si tu actividad evoluciona.
¿Qué diferencia hay entre CNAE 43.22 y CNAE 43.21 para aire acondicionado?
La diferencia es fundamental: CNAE 43.21 se refiere exclusivamente a instalaciones eléctricas (cableado, cuadros de distribución, instalaciones de baja y alta tensión, conexiones eléctricas). CNAE 43.22 cubre el aire acondicionado como sistema de climatización completo, incluyendo conductos de aire, equipos frigoríficos, sistemas de distribución y tuberías de refrigerante.
La clave está en identificar si realizas la instalación del equipo de climatización y sus componentes (43.22) o si únicamente haces la conexión eléctrica del equipo ya instalado (43.21). En la práctica, una empresa que instala aire acondicionado centralizado, desde el equipo exterior hasta los conductos interiores, usará CNAE 43.22. La instalación eléctrica es un complemento, no la actividad principal.
¿Es obligatorio darse de alta en IAE si soy instalador de fontanería y calefacción?
Sí, es absolutamente obligatorio. Todo autónomo o empresa que realice actividades de instalación de fontanería, calefacción o aire acondicionado debe darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante la Agencia Tributaria. Deberás elegir entre IAE 504.2 (si es únicamente fontanería) o IAE 504.3 (si incluye calefacción y climatización), o ambas si realizas ambas actividades de forma diferenciada y significativa.
El alta debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. La falta de alta puede resultar en sanciones económicas importantes. Además, necesitarás estar afiliado a la Seguridad Social y cumplir con tus obligaciones de declaración de impuestos (IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades según tu forma jurídica).
¿Puedo clasificarme en CNAE 43.22 si instalo sistemas de energía solar térmica?
Sí, completamente. La instalación de colectores solares térmicos para calefacción está expresamente incluida en CNAE 43.22 según la descripción oficial del código. Esta actividad es cada vez más común debido al aumento de demanda de energías renovables y los incentivos gubernamentales para eficiencia energética.
Sin embargo, es importante hacer una distinción: si tu actividad es principalmente la instalación de placas fotovoltaicas para generación de electricidad, podrías necesitar una clasificación diferente más cercana a instalaciones eléctricas. La clave está en si es un sistema térmico (calefacción mediante energía solar) o eléctrico (energía solar para electricidad). Los colectores solares para agua caliente sanitaria o calefacción entran claramente en CNAE 43.22.
¿Qué obligaciones fiscales tengo como empresa de CNAE 43.22?
Como empresa clasificada en CNAE 43.22, debes cumplir con varias obligaciones principales ante la Administración Tributaria. En primer lugar, el registro obligatorio en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), presentación de declaraciones de IVA (trimestral o mensual según tu volumen de facturación), declaración de la Renta (IRPF si eres autónomo, o Impuesto de Sociedades si eres empresa), y retención de IRPF sobre facturas cuando aplique según la normativa.
Además, debes estar afiliado a la Seguridad Social (régimen de autónomos o empresa), mantener registros contables adecuados (libro de ingresos y gastos, facturas, etc.), y cumplir con normativas técnicas específicas como el Código Técnico de la Edificación (CTE). Según tu comunidad autónoma, también podrías necesitar certificaciones profesionales específicas para realizar ciertas instalaciones. Es recomendable contar con asesor fiscal especializado en construcción.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


