CNAE 47.73: Comercio de Productos Farmacéuticos
El código CNAE 47.73 clasifica el comercio al por menor de productos farmacéuticos, medicamentos veterinarios, productos homeopáticos y hierbas medicinales. Descubre qué actividades incluye y cómo registrarte correctamente.

CNAE 47.73: Comercio al Por Menor de Productos Farmacéuticos
Introducción
El código CNAE 47.73 identifica la actividad de comercio al por menor de productos farmacéuticos. Se trata de una clasificación fundamental para farmacias, establecimientos de venta de medicamentos y negocios dedicados a la distribución minorista de productos sanitarios y farmacéuticos. Este código es esencial para cualquier farmacéutico o empresario que desee operar legalmente en el sector farmacéutico español, ya que permite la correcta identificación de la actividad ante la Administración Tributaria y facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales y regulatorias específicas del sector.
Descripción Detallada
El CNAE 47.73 abarca un amplio espectro de actividades relacionadas con la venta minorista de productos farmacéuticos. Según la clasificación oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE), esta clase comprende:
Actividades Principales:
- Comercio al por menor de productos farmacéuticos: La venta directa al consumidor final de medicamentos, tanto con prescripción médica como sin ella. Esta es la actividad nuclear de las farmacias tradicionales, donde se expenden medicamentos autorizados por las autoridades sanitarias.
- Comercio al por menor de medicamentos veterinarios: Incluye la venta de medicamentos específicamente formulados para animales, tanto para mascotas como para ganado. Esta actividad requiere cumplimiento de normativas veterinarias específicas.
- Productos homeopáticos y medicamentos sin prescripción: Comprende la venta de remedios homeopáticos, medicamentos de venta libre y productos que no requieren receta médica. Estos productos están regulados de forma diferente a los medicamentos convencionales.
- Hierbas medicinales y remedios herbales: La comercialización de plantas medicinales, infusiones, extractos botánicos y preparados herbales con propiedades terapéuticas.
Ejemplos Concretos de Negocios:
- Farmacias comunitarias tradicionales
- Farmacias hospitalarias con venta al público
- Tiendas especializadas en productos naturales y homeopatía
- Establecimientos de venta de medicamentos veterinarios
- Herboristerías con productos medicinales
- Farmacias online (con establecimiento físico registrado)
Esta clasificación es aplicable a:
Cuándo Usar Este Código vs. Otros Similares:
Es importante distinguir CNAE 47.73 de códigos relacionados. Este código se utiliza cuando la actividad principal es la venta minorista de medicamentos y productos farmacéuticos. No debe confundirse con:
- CNAE 47.74 (Artículos médicos y ortopédicos): Se refiere a la venta de dispositivos médicos, prótesis, ortesis y equipos sanitarios, no medicamentos.
- CNAE 47.75 (Productos de cosmética e higiene): Aunque algunos productos pueden solaparse, este código se centra en cosméticos y artículos de higiene personal.
- CNAE 46.46 (Comercio al por mayor de productos farmacéuticos): Aplicable a distribuidoras y mayoristas, no a venta minorista.
Actividades Excluidas
Es fundamental conocer qué actividades NO están incluidas en CNAE 47.73 para evitar errores de clasificación:
Actividades Excluidas:
- Servicios farmacéuticos especializados: La preparación magistral de medicamentos (elaboración personalizada) puede requerir códigos adicionales o complementarios.
- Venta de dispositivos médicos puros: Los aparatos ortopédicos, audífonos, sillas de ruedas y similares deben clasificarse bajo CNAE 47.74.
- Cosméticos y artículos de higiene: Los productos de belleza y aseo personal corresponden a CNAE 47.75.
- Comercio mayorista: Las distribuidoras farmacéuticas que venden a otras farmacias utilizan CNAE 46.46.
- Servicios de consultoría farmacéutica sin venta: Si la actividad es únicamente asesoramiento, puede corresponder otra clasificación.
- Farmacias sin establecimiento físico: Las farmacias puramente online sin local registrado pueden tener tratamiento diferente.
Para actividades excluidas, consulta el conversor CNAE-IAE oficial para identificar la clasificación correcta según tu caso específico.
Códigos Relacionados
Equivalencia CNAE ↔ IAE:
El código CNAE 47.73 se corresponde con el código IAE 652.1 (Farmacias). Esta es la equivalencia oficial para efectos tributarios:
| CNAE | IAE | Descripción |
|------|-----|-------------|
| 47.73 | 652.1 | Comercio al por menor de productos farmacéuticos |
La equivalencia IAE 652.1 es obligatoria para darse de alta como farmacia en la Administración Tributaria española.
Códigos CNAE Similares en la Misma Categoría:
Dentro de la sección de comercio minorista especializado (47.7x), encontramos:
- CNAE 47.71: Comercio al por menor de prendas de vestir
- CNAE 47.72: Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero
- CNAE 47.74: Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos
- CNAE 47.75: Comercio al por menor de productos de cosmética e higiene
- CNAE 47.76: Comercio al por menor de flores, plantas, fertilizantes y animales de compañía
- CNAE 47.77: Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería
- CNAE 47.78: Comercio al por menor de otros productos nuevos
- CNAE 47.79: Comercio al por menor de artículos de segunda mano
Cuándo Elegir Uno u Otro:
La decisión depende de tu actividad principal:
- Si vendes medicamentos y productos farmacéuticos: CNAE 47.73
- Si vendes dispositivos médicos sin medicamentos (audífonos, corsés, etc.): CNAE 47.74
- Si vendes cosméticos y champús: CNAE 47.75
- Si vendes plantas vivas y semillas: CNAE 47.76
Si tu establecimiento es multidisciplinar (farmacia + parafarmacia + cosmética), debes identificar cuál es tu actividad principal y clasificarte según esa actividad.
Preguntas Frecuentes
P1: ¿Puedo vender productos de cosmética e higiene en mi farmacia con código CNAE 47.73?
Sí, es habitual que las farmacias vendan productos complementarios como champús, geles, desodorantes y artículos de higiene. Estos productos pueden venderse bajo CNAE 47.73 siempre que la actividad principal sea la venta de medicamentos y productos farmacéuticos. Sin embargo, si tu negocio es principalmente una tienda de cosmética con medicamentos secundarios, deberías clasificarte bajo CNAE 47.75. La clave está en identificar correctamente tu actividad principal (aquella que representa más del 50% de tu facturación).
P2: ¿Necesito algún permiso especial o autorización para operar con CNAE 47.73?
Sí. Además del registro en el Registro Mercantil y la inscripción en Hacienda con el código CNAE 47.73, necesitas:
1. Colegiación profesional: Si eres farmacéutico titular, debes estar colegiado en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de tu comunidad autónoma.
2. Autorización sanitaria: La Consejería de Sanidad de tu comunidad autónoma debe autorizar el funcionamiento de la farmacia.
3. Licencia de actividad: Ayuntamiento de tu municipio.
4. Cumplimiento normativo: Debes cumplir la Ley de Garantía de la Calidad de la Asistencia Sanitaria y regulaciones sobre medicamentos.
Estos requisitos son obligatorios y más estrictos que para otras actividades comerciales.
P3: ¿Cómo debo declarar mis ingresos fiscalmente si tengo CNAE 47.73?
Como farmacéutico o empresario farmacéutico, debes:
- Presentar declaración de IVA: Trimestral o mensualmente, según tu régimen (normal, simplificado, etc.).
- Declaración de la Renta (IRPF): Si eres autónomo o propietario único, debes declarar beneficios en tu IRPF anual.
- Impuesto de Sociedades: Si la farmacia está constituida como sociedad mercantil.
- Retenciones de clientes: Algunos clientes (administraciones públicas, grandes empresas) pueden retenerte parte de la facturación.
La Agencia Tributaria (AEAT) considera el CNAE 47.73 como actividad comercial ordinaria, con obligaciones contables completas.
P4: ¿Puedo vender medicamentos veterinarios sin ser veterinario si tengo CNAE 47.73?
Sí, el CNAE 47.73 incluye explícitamente el "comercio al por menor de medicamentos veterinarios". Sin embargo, debes tener en cuenta:
1. Medicamentos veterinarios con prescripción: Algunos medicamentos veterinarios requieren receta de veterinario. Puedes venderlos si tienes la receta, pero no puedes dispensarlos sin ella.
2. Autorización sanitaria: Tu autorización debe incluir específicamente la venta de medicamentos veterinarios.
3. Formación: Es recomendable tener personal capacitado en medicamentos veterinarios.
4. Normativa específica: Los medicamentos veterinarios están regulados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Muchas farmacias tradicionales venden medicamentos veterinarios sin ser veterinarios, siempre que cumplan la normativa.
P5: ¿Qué diferencia hay entre CNAE 47.73 e IAE 652.1 en la práctica?
CNAE 47.73 e IAE 652.1 son dos sistemas de clasificación complementarios:
- CNAE 47.73: Es la clasificación estadística oficial del INE, utilizada para estadísticas económicas y clasificación sectorial.
- IAE 652.1: Es la clasificación tributaria de la AEAT, utilizada para efectos fiscales y de inscripción en el registro de actividades económicas.
Ambos códigos son equivalentes y obligatorios. Cuando te das de alta como farmacia, debes registrarte con ambos códigos simultáneamente. En la práctica, la AEAT convierte automáticamente tu CNAE a su código IAE correspondiente.
Conclusión
El código CNAE 47.73 es la clasificación oficial para el comercio minorista de productos farmacéuticos en España. Su correcto uso es fundamental para cumplir obligaciones administrativas, tributarias y sanitarias. Recuerda que este código incluye medicamentos con y sin prescripción, productos homeopáticos, medicamentos veterinarios e hierbas medicinales. Si tu actividad principal es la venta de medicamentos, este es tu código correcto. Para dudas sobre clasificación o equivalencias CNAE-IAE, utiliza el conversor oficial o consulta con un asesor fiscal especializado en el sector farmacéutico.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Puedo vender productos de cosmética e higiene en mi farmacia con código CNAE 47.73?
Sí, es habitual que las farmacias vendan productos complementarios como champús, geles, desodorantes y artículos de higiene. Estos productos pueden venderse bajo CNAE 47.73 siempre que la actividad principal sea la venta de medicamentos y productos farmacéuticos. Sin embargo, si tu negocio es principalmente una tienda de cosmética con medicamentos secundarios, deberías clasificarte bajo CNAE 47.75. La clave está en identificar correctamente tu actividad principal, aquella que representa más del 50% de tu facturación. La AEAT puede auditar tu clasificación si existe discrepancia entre la actividad declarada y los ingresos reales.
¿Necesito algún permiso especial o autorización para operar con CNAE 47.73?
Sí. Además del registro en el Registro Mercantil y la inscripción en Hacienda con el código CNAE 47.73, necesitas colegiación profesional si eres farmacéutico titular (obligatorio en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de tu comunidad autónoma), autorización sanitaria de la Consejería de Sanidad de tu región, licencia de actividad del Ayuntamiento, y cumplimiento estricto de la Ley de Garantía de la Calidad de la Asistencia Sanitaria. Estos requisitos son mucho más exigentes que para otras actividades comerciales, reflejando la naturaleza sensible de la venta de medicamentos y su impacto en la salud pública.
¿Cómo debo declarar mis ingresos fiscalmente si tengo CNAE 47.73?
Como farmacéutico o empresario farmacéutico, debes presentar declaración de IVA trimestral o mensualmente según tu régimen, declaración de la Renta (IRPF) anual si eres autónomo, e Impuesto de Sociedades si la farmacia está constituida como sociedad. Algunos clientes (administraciones públicas, grandes empresas) pueden retenerte parte de la facturación. La Agencia Tributaria (AEAT) considera el CNAE 47.73 como actividad comercial ordinaria con obligaciones contables completas, lo que significa que debes mantener registros detallados de todas las transacciones y cumplir con los requisitos de facturación electrónica.
¿Puedo vender medicamentos veterinarios sin ser veterinario si tengo CNAE 47.73?
Sí, el CNAE 47.73 incluye explícitamente el comercio al por menor de medicamentos veterinarios. Sin embargo, algunos medicamentos veterinarios requieren receta de veterinario y no puedes dispensarlos sin ella. Tu autorización sanitaria debe incluir específicamente la venta de medicamentos veterinarios, y es recomendable tener personal capacitado. Los medicamentos veterinarios están regulados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Muchas farmacias tradicionales venden medicamentos veterinarios sin ser veterinarios, siempre que cumplan la normativa aplicable y respeten las restricciones de prescripción.
¿Qué diferencia hay entre CNAE 47.73 e IAE 652.1 en la práctica?
CNAE 47.73 e IAE 652.1 son dos sistemas de clasificación complementarios pero equivalentes. CNAE 47.73 es la clasificación estadística oficial del INE utilizada para estadísticas económicas, mientras que IAE 652.1 es la clasificación tributaria de la AEAT para efectos fiscales. Ambos códigos son obligatorios y cuando te das de alta como farmacia, debes registrarte con ambos simultáneamente. La AEAT convierte automáticamente tu CNAE a su código IAE correspondiente, por lo que no necesitas hacer trámites separados para cada uno.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


