CNAE 47.92: Intermediación Comercio Especializado

El CNAE 47.92 clasifica las actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado, facilitando operaciones entre vendedores y compradores sin adquirir la propiedad de los bienes.

Brian Mena
7 min de lectura
Imagen de CNAE 47.92

CNAE 47.92: Intermediación para Comercio Especializado

Introducción

El código CNAE 47.92 clasifica las actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado. Se trata de una categoría fundamental en el sector del comercio moderno, especialmente relevante en la era digital. Este código es esencial para empresas y autónomos que actúan como intermediarios facilitando transacciones comerciales sin poseer los bienes ni adquirir su propiedad. La intermediación es una actividad económica crucial que ha experimentado un crecimiento exponencial con el desarrollo del comercio electrónico y las plataformas digitales de marketplace.

Descripción Detallada

La clase CNAE 47.92 comprende todas aquellas actividades de servicios de intermediación que facilitan operaciones comerciales entre vendedores y compradores para hacer pedidos y/o suministrar bienes físicos. La característica fundamental es que el intermediario no proporciona los bienes ni adquiere su propiedad, actuando únicamente como facilitador de la transacción a cambio de un honorario o comisión.

Estas actividades pueden desarrollarse a través de múltiples canales:

Canales Digitales:

  • Plataformas de marketplace online
  • Tiendas virtuales de terceros
  • Aplicaciones móviles de intermediación
  • Portales de subastas electrónicas especializadas
  • Plataformas B2B de comercio especializado
  • Visitas presenciales a domicilio o puerta a puerta
  • Contacto telefónico directo
  • Correo postal y catálogos
  • Ferias y eventos comerciales especializados
  • Intermediación presencial en locales comerciales

Canales No Digitales:

Ejemplos concretos de actividades incluidas en CNAE 47.92:

1. Intermediación de productos especializados: Intermediarios que facilitan la venta de artículos de coleccionismo, antigüedades, arte, productos de lujo, equipamiento industrial especializado o maquinaria profesional.

2. Plataformas de subastas especializadas: Empresas que operan subastas online de productos específicos (automóviles clásicos, obras de arte, joyería especializada, equipamiento agrícola).

3. Intermediarios de comercio electrónico: Plataformas que conectan vendedores especializados con compradores, como marketplaces de productos técnicos, industriales o de nicho.

4. Agentes comerciales especializados: Profesionales que actúan como intermediarios en sectores específicos (textil técnico, componentes electrónicos, productos farmacéuticos especializados).

5. Intermediación de productos de consumo especializado: Servicios de intermediación para venta de equipamiento deportivo de alto rendimiento, productos de wellness especializados, o bienes de consumo técnicos.

6. Plataformas de venta directa especializada: Empresas que facilitan la intermediación en sectores como cosmética especializada, suplementación nutricional o productos de salud específicos.

Fuentes de ingresos:

  • Comisiones sobre el valor de las transacciones
  • Honorarios fijos por servicios de intermediación
  • Ingresos por venta de espacios publicitarios en plataformas
  • Cuotas de suscripción o membresía
  • Ingresos por servicios adicionales (logística, asesoramiento)

Los ingresos pueden proceder de:

Actividades Excluidas

Es fundamental distinguir CNAE 47.92 de otras clasificaciones relacionadas. Este código NO incluye:

Comercio al por menor directo: Si el intermediario adquiere la propiedad de los bienes y los revende, debe clasificarse en otros códigos de comercio al por menor (47.1x-47.7x según el tipo de producto).

Intermediación no especializada: Las actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor no especializado se clasifican en CNAE 47.91, no en 47.92. La diferencia radica en que 47.91 cubre intermediación de productos generales sin especialización.

Comercio de carburantes con electro-combustibles: Cuando la venta predominante es de combustibles sintéticos (electro-combustibles), debe usarse CNAE 47.30, no 47.92.

Agencias de viajes y turismo: Aunque también son intermediarios, se clasifican en CNAE 79.1x.

Servicios de intermediación financiera: Se clasifican en secciones diferentes (K, servicios financieros).

Transporte y logística: Si el intermediario también proporciona servicios de transporte o almacenamiento, puede requerir clasificaciones adicionales.

Códigos Relacionados

CNAE 47.91 - Intermediación Comercio No Especializado

Esta es la clase más próxima y la fuente más común de confusión. La diferencia clave es:

  • CNAE 47.92: Intermediación de productos especializados (nichos de mercado, sectores específicos, productos técnicos o de alta especialización)
  • CNAE 47.91: Intermediación de productos de consumo general sin especialización particular
  • Intermediación de ropa de moda general → 47.91
  • Intermediación de ropa técnica/deportiva especializada → 47.92
  • Intermediación de alimentos genéricos → 47.91
  • Intermediación de productos alimentarios dietéticos especializados → 47.92

Ejemplos de diferenciación:

Otros códigos de comercio (47.1x-47.7x)

Si la empresa realiza comercio al por menor directo (compra-venta de bienes), debe clasificarse en estos códigos en lugar de 47.92. Son códigos para comerciantes, no intermediarios.

CNAE 47.30 - Comercio al por menor de carburante

Para intermediación o comercio de combustibles, especialmente cuando hay electro-combustibles involucrados con venta predominante de estos últimos.

CNAE 79.1x - Agencias de viajes y turismo

Aunque también son intermediarios, tienen clasificación propia específica.

Preguntas Frecuentes

P1: ¿Cuál es exactamente la diferencia entre un intermediario (CNAE 47.92) y un comerciante al por menor?

R: La diferencia fundamental es la propiedad de los bienes. Un intermediario CNAE 47.92 nunca adquiere la propiedad de los productos que intermedia. Actúa como facilitador entre vendedor y comprador, recibiendo una comisión o honorario por ello. Un comerciante al por menor (CNAE 47.1x-47.7x) compra los productos en su nombre y los revende con margen. Ejemplo práctico: una plataforma de marketplace que conecta vendedores con compradores sin tocar físicamente los productos es CNAE 47.92; una tienda que compra camisetas y las revende es CNAE 47.52.

P2: ¿Se puede usar CNAE 47.92 para una tienda online que vende productos de terceros en comisión?

R: Depende del modelo de negocio. Si la tienda online actúa como marketplace puro (los vendedores mantienen la propiedad, la tienda solo facilita la transacción), sí es CNAE 47.92. Si la tienda compra inventario a proveedores y lo revende bajo su propia cuenta, es comercio al por menor tradicional (47.1x-47.7x según el tipo de producto). Muchas plataformas operan con ambos modelos simultáneamente, lo que requiere clasificación múltiple.

P3: ¿Las comisiones por venta en una plataforma de marketplace son la única fuente de ingresos permitida?

R: No. Aunque las comisiones por transacciones son la fuente principal, CNAE 47.92 permite ingresos adicionales como publicidad, cuotas de suscripción de vendedores, servicios de asesoramiento comercial, logística auxiliar, o análisis de datos. Sin embargo, estos ingresos complementarios no deben convertir la actividad principal en otra cosa. Si la empresa se dedica principalmente a logística o publicidad, requeriría clasificación diferente.

P4: ¿Qué obligaciones fiscales específicas tiene un intermediario CNAE 47.92?

R: Como cualquier empresa española, debe cumplir con IVA, IRPF (si es autónomo), retenciones de IRPF si aplica, y obligaciones contables. Particularmente importante: los intermediarios deben documentar correctamente que no poseen los bienes (facturas de terceros, acuerdos de intermediación) para diferenciarse fiscalmente de los comerciantes. En plataformas digitales, hay obligaciones adicionales de información sobre comisiones y transparencia de precios. Desde 2022, existe la obligación de reportar ingresos por intermediación en plataformas digitales (DAC7).

P5: ¿Puede una empresa cambiar de CNAE 47.92 a 47.91 si expande su negocio?

R: Sí, es posible cambiar de código si la actividad principal cambia. Si una empresa que hacía intermediación especializada comienza a vender productos generales sin especialización, debería actualizar a CNAE 47.91. Este cambio se notifica a Hacienda mediante declaración de cambio de actividad. Igualmente, si comienza a adquirir inventario propio, debería cambiar a un código de comercio directo (47.1x-47.7x).

Conclusión

El CNAE 47.92 es fundamental para clasificar correctamente actividades de intermediación en comercio especializado, especialmente en la era del comercio electrónico. La clave está en recordar que los intermediarios no poseen los bienes y facilitan transacciones a cambio de comisiones. Es crucial diferenciar esta clase de CNAE 47.91 (intermediación no especializada) y de los códigos de comercio directo. Para clasificar correctamente tu actividad, utiliza el conversor IAE-CNAE oficial y, en caso de duda, consulta con un asesor fiscal especializado.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Cuál es exactamente la diferencia entre un intermediario (CNAE 47.92) y un comerciante al por menor?

La diferencia fundamental es la propiedad de los bienes. Un intermediario CNAE 47.92 nunca adquiere la propiedad de los productos que intermedia. Actúa como facilitador entre vendedor y comprador, recibiendo una comisión o honorario por ello. Un comerciante al por menor (CNAE 47.1x-47.7x) compra los productos en su nombre y los revende con margen.

Ejemplo práctico: una plataforma de marketplace que conecta vendedores con compradores sin tocar físicamente los productos es CNAE 47.92; una tienda que compra camisetas y las revende es CNAE 47.52. La documentación es clave: un intermediario debe tener contratos claros indicando que no es propietario, mientras que un comerciante tiene facturas de compra a su nombre.

¿Se puede usar CNAE 47.92 para una tienda online que vende productos de terceros en comisión?

Depende del modelo de negocio. Si la tienda online actúa como marketplace puro (los vendedores mantienen la propiedad, la tienda solo facilita la transacción), sí es CNAE 47.92. Si la tienda compra inventario a proveedores y lo revende bajo su propia cuenta, es comercio al por menor tradicional (47.1x-47.7x según el tipo de producto).

Muchas plataformas operan con ambos modelos simultáneamente, lo que requiere clasificación múltiple. Por ejemplo, Amazon tiene secciones de marketplace (47.92) y de venta directa (comercio al por menor tradicional). La AEAT examina esto cuidadosamente en auditorías, por lo que la documentación debe ser clara y separada por modelo.

¿Las comisiones por venta en una plataforma de marketplace son la única fuente de ingresos permitida?

No. Aunque las comisiones por transacciones son la fuente principal, CNAE 47.92 permite ingresos adicionales como publicidad, cuotas de suscripción de vendedores, servicios de asesoramiento comercial, logística auxiliar, o análisis de datos. Sin embargo, estos ingresos complementarios no deben convertir la actividad principal en otra cosa.

Si la empresa se dedica principalmente a logística o publicidad, requeriría clasificación diferente. La regla de oro: si más del 50% de ingresos proviene de intermediación, CNAE 47.92 es correcto. Si otros servicios superan este umbral, debe revisarse la clasificación y posiblemente añadir códigos secundarios.

¿Qué obligaciones fiscales específicas tiene un intermediario CNAE 47.92?

Como cualquier empresa española, debe cumplir con IVA, IRPF (si es autónomo), retenciones de IRPF si aplica, y obligaciones contables. Particularmente importante: los intermediarios deben documentar correctamente que no poseen los bienes (facturas de terceros, acuerdos de intermediación) para diferenciarse fiscalmente de los comerciantes.

En plataformas digitales, hay obligaciones adicionales de información sobre comisiones y transparencia de precios. Desde 2022, existe la obligación de reportar ingresos por intermediación en plataformas digitales (DAC7) a la AEAT. Además, si se intermedian servicios de terceros, pueden aplicar retenciones especiales. Es recomendable mantener registros detallados de cada transacción.

¿Cómo diferenciar entre CNAE 47.92 (especializado) y CNAE 47.91 (no especializado)?

La diferencia está en el nivel de especialización de los productos intermediados. CNAE 47.92 es para productos especializados (nichos de mercado, sectores técnicos, productos de alta especialización). CNAE 47.91 es para productos de consumo general sin especialización.

Ejemplos: intermediación de ropa de moda general → 47.91; intermediación de ropa técnica/deportiva especializada → 47.92. Intermediación de alimentos genéricos → 47.91; intermediación de productos alimentarios dietéticos especializados → 47.92. En caso de duda, la AEAT considera que si el producto requiere conocimiento técnico especial o se dirige a un nicho específico, es 47.92.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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