CNAE 74.12: Diseño Gráfico y Comunicación Visual
El CNAE 74.12 clasifica todas las actividades de diseño gráfico, diseño web visual y comunicación corporativa. Guía completa para diseñadores gráficos y agencias.

CNAE 74.12: Diseño Gráfico y Comunicación Visual - Guía Completa
Introducción
El CNAE 74.12 es la clasificación oficial española que engloba todas las actividades profesionales relacionadas con el diseño gráfico y la comunicación visual. Este código es fundamental para cualquier diseñador gráfico, agencia de diseño o profesional que desarrolle servicios de identidad visual corporativa, diseño de marcas, campañas publicitarias visuales y diseño web desde una perspectiva gráfica.
Esta clasificación, regulada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) según la estructura CNAE 2009, es de vital importancia para autónomos y empresas del sector creativo que necesitan registrarse correctamente ante la Administración Tributaria. Conocer exactamente qué actividades se incluyen bajo este código evita confusiones fiscales y garantiza el cumplimiento normativo adecuado.
Descripción Detallada del CNAE 74.12
El CNAE 7412 comprende un amplio espectro de actividades profesionales centradas en la creación visual y la comunicación gráfica. Según la definición oficial del INE, incluye:
Actividades principales:
- Diseño gráfico profesional: Las actividades de diseñadores gráficos que crean elementos visuales para diferentes medios y soportes, tanto impresos como digitales.
- Diseño gráfico de páginas web: La creación de la interfaz visual y experiencia gráfica de sitios web, considerando aspectos estéticos, usabilidad visual y coherencia corporativa.
- Diseño de comunicación visual: Las actividades especializadas en crear mensajes visuales efectivos que consideren las características del público objetivo, necesidades corporativas, atracción de mercado y canales de difusión.
- Diseño corporativo e identidad visual: La concepción y diseño de imágenes gráficas corporativas, incluyendo logotipos, paletas de color, tipografías y sistemas de identidad visual completos.
- Diseño y actualización de marcas: Las actividades de rebranding, rediseño de identidades visuales existentes y evolución del lenguaje gráfico corporativo.
- Asesoramiento en diseño gráfico: El asesoramiento especializado sobre aspectos visuales de campañas publicitarias, soportes de comunicación, contenido gráfico y presentación visual de información compleja.
Ejemplos concretos de profesionales y negocios que usan CNAE 74.12:
- Un diseñador gráfico autónomo que trabaja para agencias de publicidad creando diseños de carteles, folletos y materiales impresos.
- Una agencia de diseño pequeña especializada en identidad visual corporativa para pymes.
- Un profesional freelance que diseña interfaces gráficas de sitios web sin programar el código.
- Un estudio de diseño que crea campañas visuales completas para clientes corporativos.
- Un diseñador especializado en diseño de empaques y etiquetado visual de productos.
- Un profesional que ofrece servicios de actualización de marcas y rebranding visual.
Actividades Excluidas del CNAE 74.12
Es crucial entender qué NO está incluido en este código para evitar clasificaciones incorrectas:
Actividades excluidas:
- Diseño de animaciones por ordenador (CNAE 59.15 - Producción de películas, vídeos y programas de televisión): El diseño de imágenes para animaciones 3D, motion graphics profesionales o animaciones producidas por software especializado se clasifica bajo actividades audiovisuales, no bajo diseño gráfico.
- Diseño web con programación (CNAE 62.10 - Programación informática): Cuando el diseño gráfico se combina con la programación y desarrollo de páginas web, la actividad principal se clasifica como programación informática. Esto incluye la arquitectura de información, estructura técnica y funcionalidad interactiva.
- Diseño de estructura web con principios de ingeniería de software (CNAE 62.10): El diseño de la arquitectura técnica de sitios web, aplicando metodologías de ingeniería de software, corresponde a programación informática, no a diseño gráfico.
- Diseño de productos industriales y moda (CNAE 74.11): El diseño de productos físicos, prendas de vestir, calzado y artículos de moda tiene su propia clasificación.
- Diseño de interiores (CNAE 74.13): La decoración y diseño de espacios interiores se clasifica separadamente.
Códigos Relacionados y Diferencias Clave
Dentro de la rama de actividades profesionales de diseño especializado (CNAE 74.1), existen varios códigos relacionados que es importante distinguir:
CNAE 74.11 - Diseño de productos industriales y moda:
Este código se aplica cuando el diseño se enfoca en productos físicos, incluyendo moda, calzado, mobiliario industrial y artículos de consumo. A diferencia del CNAE 74.12, que es fundamentalmente visual y comunicativo, el 74.11 implica diseño funcional y técnico de objetos tangibles.
CNAE 74.13 - Diseño de interiores:
Abarca la planificación y diseño de espacios interiores, distribución de ambientes, selección de materiales y decoración. Aunque puede incluir elementos gráficos, su enfoque es espacial y arquitectónico, no comunicativo.
CNAE 74.14 - Otras actividades de diseño especializado:
Incluye diseños especializados que no encajan en las categorías anteriores, como diseño de jardinería, diseño textil, diseño de iluminación y otros campos especializados del diseño.
- Usa 74.12 si tu actividad principal es crear elementos visuales, gráficos y comunicativos (logos, folletos, interfaces visuales, campañas publicitarias visuales).
- Usa 74.11 si diseñas productos físicos que se fabricarán o producirán.
- Usa 74.13 si tu trabajo se centra en espacios interiores.
- Usa 62.10 si combinas diseño gráfico web con programación y desarrollo técnico.
Diferenciación práctica:
Preguntas Frecuentes sobre CNAE 74.12
¿Puedo usar CNAE 74.12 si soy un diseñador gráfico autónomo que ocasionalmente programa sitios web?
Si tu actividad principal es el diseño gráfico y la programación web es ocasional o complementaria, puedes mantener CNAE 74.12. Sin embargo, si dedicas más del 50% de tu tiempo a desarrollo web con programación, deberías considerar cambiar a CNAE 62.10 (Programación informática). La Administración Tributaria valora la actividad económica principal. Te recomendamos documentar claramente qué porcentaje de tus ingresos proviene de cada actividad para justificar tu clasificación.
¿Necesito registrarme en el IAE si trabajo como diseñador gráfico autónomo?
Sí, obligatoriamente. Cualquier autónomo que ejerza actividades de diseño gráfico debe darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). El CNAE 74.12 tiene su equivalencia en el IAE, aunque la estructura de códigos es diferente. Debes solicitar tu número de identificación fiscal (NIF) y registrarte en Hacienda en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de tu actividad. El incumplimiento puede resultar en sanciones económicas.
¿Cuál es la diferencia entre diseño gráfico y diseño web en términos de clasificación?
Ambos se incluyen en CNAE 74.12, pero con un matiz importante: el diseño gráfico de páginas web (la parte visual, interfaz gráfica, elementos visuales) pertenece a 74.12, mientras que el diseño web que incluye programación y arquitectura técnica (estructura HTML, CSS avanzado, funcionalidad interactiva, backend) corresponde a CNAE 62.10. Si eres diseñador gráfico y creas mockups visuales de webs sin escribir código, usas 74.12. Si además programas la web, probablemente deberías estar en 62.10.
¿Puedo facturar servicios de diseño corporativo completo bajo CNAE 74.12?
Completamente. El diseño corporativo e identidad visual es una de las actividades principales incluidas en este código. Esto abarca logotipos, sistemas de identidad visual, guías de estilo, diseño de papelería corporativa, diseño de empaques, señalética visual y todo elemento gráfico relacionado con la marca. Este es uno de los servicios más comunes para diseñadores gráficos profesionales bajo este código.
¿Cómo afecta el CNAE 74.12 a mis obligaciones fiscales y de seguridad social?
El CNAE 74.12 clasifica tu actividad para efectos estadísticos y administrativos, pero no determina directamente tu régimen fiscal. Como autónomo, puedes estar en el régimen de estimación directa o simplificada, independientemente del CNAE. Sin embargo, tu clasificación correcta es importante para la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria (AEAT). Un CNAE incorrecto puede generar problemas en inspecciones fiscales. Asegúrate de que tu CNAE refleje fielmente tu actividad económica principal.
Conclusión
El CNAE 74.12 es la clasificación oficial para todas las actividades de diseño gráfico y comunicación visual en España. Comprender exactamente qué incluye este código—desde diseño gráfico tradicional hasta diseño web visual, identidad corporativa y asesoramiento en comunicación visual—es esencial para cualquier profesional del sector creativo.
La distinción correcta entre CNAE 74.12 (diseño gráfico) y códigos relacionados como 62.10 (programación web) o 74.11 (diseño de productos) garantiza el cumplimiento normativo y evita problemas con la Administración Tributaria. Si tienes dudas sobre tu clasificación exacta, consulta con tu asesor fiscal o utiliza herramientas de consulta oficial del INE. Mantén tu CNAE actualizado según la evolución real de tu actividad profesional.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Puedo usar CNAE 74.12 si soy diseñador gráfico autónomo que ocasionalmente programa sitios web?
Si tu actividad principal es el diseño gráfico y la programación web es ocasional o complementaria, puedes mantener CNAE 74.12. Sin embargo, si dedicas más del 50% de tu tiempo a desarrollo web con programación, deberías considerar cambiar a CNAE 62.10 (Programación informática). La Administración Tributaria valora la actividad económica principal según tus ingresos y dedicación. Te recomendamos documentar claramente qué porcentaje de tus ingresos proviene de cada actividad para justificar tu clasificación ante una posible inspección fiscal. Consulta con tu asesor para determinar cuál es tu actividad principal.
¿Necesito registrarme en el IAE si trabajo como diseñador gráfico autónomo?
Sí, obligatoriamente. Cualquier autónomo que ejerza actividades de diseño gráfico debe darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Debes solicitar tu número de identificación fiscal (NIF) y registrarte en Hacienda en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de tu actividad. El CNAE 74.12 tiene su equivalencia en el sistema IAE, aunque la estructura de códigos es diferente. El incumplimiento de esta obligación puede resultar en sanciones económicas significativas y problemas administrativos.
¿Cuál es la diferencia entre diseño gráfico y diseño web en términos de clasificación CNAE?
Ambos se incluyen en CNAE 74.12, pero con un matiz importante: el diseño gráfico de páginas web (la parte visual, interfaz gráfica, elementos visuales, composición estética) pertenece a 74.12, mientras que el diseño web que incluye programación y arquitectura técnica (estructura HTML/CSS avanzado, funcionalidad interactiva, backend, integración de bases de datos) corresponde a CNAE 62.10. Si eres diseñador gráfico y creas mockups visuales de webs sin escribir código, usas 74.12. Si además programas la web o estructuras técnicamente las páginas, probablemente deberías estar en 62.10.
¿Puedo facturar servicios de diseño corporativo completo bajo CNAE 74.12?
Completamente. El diseño corporativo e identidad visual es una de las actividades principales incluidas en CNAE 74.12. Esto abarca logotipos, sistemas de identidad visual, guías de estilo, diseño de papelería corporativa, diseño de empaques, señalética visual, rebranding y todo elemento gráfico relacionado con la marca corporativa. Este es uno de los servicios más comunes y lucrativos para diseñadores gráficos profesionales bajo este código. También incluye asesoramiento sobre aspectos visuales de campañas publicitarias y soportes de comunicación.
¿Cómo afecta el CNAE 74.12 a mis obligaciones fiscales y de seguridad social?
El CNAE 74.12 clasifica tu actividad para efectos estadísticos y administrativos, pero no determina directamente tu régimen fiscal. Como autónomo, puedes estar en el régimen de estimación directa o simplificada, independientemente del CNAE. Sin embargo, tu clasificación correcta es importante para la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria (AEAT). Un CNAE incorrecto puede generar problemas en inspecciones fiscales. Asegúrate de que tu CNAE refleje fielmente tu actividad económica principal documentando tus servicios y facturación.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


