CNAE 93.19: Actividades Deportivas no Clasificadas

CNAE 93.19 comprende las actividades deportivas no clasificadas en otras categorías: promotores de eventos, deportistas independientes, árbitros, guías de montaña y explotación de cotos.

Brian Mena
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Imagen de CNAE 93.19

CNAE 93.19: Actividades Deportivas no Clasificadas en Otra Parte

Introducción

El código CNAE 93.19 engloba las actividades deportivas diversas que no se clasifican específicamente en otras categorías del sistema de clasificación nacional de actividades económicas españolas. Esta clase es fundamental para profesionales y organizaciones que operan en el sector deportivo de forma independiente, sin estar vinculados a clubes, federaciones o instalaciones deportivas permanentes.

Esta clasificación es especialmente relevante para autónomos, promotores de eventos, deportistas profesionales independientes, árbitros, guías de montaña y emprendedores del sector deportivo que necesitan registrarse ante la Agencia Tributaria con el código correcto. Su correcta identificación garantiza el cumplimiento normativo y facilita la gestión fiscal y administrativa.

Descripción Detallada de Actividades Incluidas

El CNAE 93.19 es una clasificación muy amplia que abarca múltiples tipologías de actividades deportivas:

Promotores y Productores de Eventos Deportivos: Incluye a personas y empresas que organizan y promocionan eventos deportivos con o sin instalaciones propias. Estos pueden ser torneos de tenis, competiciones de atletismo, maratones, campeonatos de ciclismo o cualquier evento deportivo que se organice de manera independiente.

Deportistas y Atletas Independientes: Comprende a deportistas profesionales que ejercen por cuenta propia, sin estar vinculados a un club específico. Esto incluye tenistas profesionales, golfistas, esquiadores, saltadores de trampolín y otros atletas que participan en competiciones y generan ingresos directamente de sus actividades deportivas.

Árbitros, Jueces y Cronometradores: Las actividades por cuenta propia de profesionales que arbitran, juzgan o cronometran competiciones deportivas están incluidas en esta clase, independientemente de la modalidad deportiva.

Deportes Electrónicos Independientes: Las personas que participan profesionalmente en deportes electrónicos (e-sports) por cuenta propia, sin formar parte de un club de deportes electrónicos, se clasifican aquí.

Federaciones y Ligas Deportivas: Las actividades de órganos de regulación, federaciones deportivas y ligas que no gestionen instalaciones propias.

Guías de Montaña: Profesionales que ofrecen servicios de guía en actividades de montaña, alpinismo y senderismo.

Explotación de Cotos: La gestión de cotos de pesca y caza deportivas, así como las cuadras de caballos y galgos participantes en carreras.

Adiestramiento de Animales: Las actividades relacionadas con el adiestramiento de animales para deportes o entretenimiento.

Túneles de Viento Aerodinámicos: La gestión de instalaciones para paracaidismo indoor y actividades similares.

Actividades Excluidas

Es crucial conocer qué NO está incluido en CNAE 93.19 para evitar errores de clasificación:

  • Emisión de eventos deportivos en directo (CNAE 60.20): La retransmisión televisiva o radiofónica de eventos deportivos tiene su propia clasificación.
  • Alquiler de equipamiento deportivo (CNAE 77.21): El arrendamiento de bicicletas, esquís, equipos de buceo, etc., se clasifica en actividades de alquiler.
  • Formación deportiva en campamentos y escuelas (CNAE 85.51): La enseñanza formal de deportes en centros educativos o campamentos especializados corresponde a educación.
  • Instructores, profesores y entrenadores deportivos (CNAE 85.51): Aunque parezca similar, cuando se imparte formación estructurada, se clasifica como educación.
  • Gestión de instalaciones deportivas con servicios integrales (CNAE 93.11): Cuando una organización gestiona piscinas, polideportivos o centros deportivos con personal y equipamiento propio.
  • Clubes deportivos (CNAE 93.12): Las actividades de clubes deportivos constituyen una categoría separada.
  • Centros deportivos (CNAE 93.13): Centros de actividad física y bienestar con instalaciones propias.
  • Conferencias, convenciones y ferias comerciales (CNAE 82.30): Aunque puedan tener temática deportiva.

Códigos Relacionados y Diferenciación

Es fundamental distinguir correctamente entre CNAE 93.19 y otras clasificaciones del sector deportivo:

CNAE 93.11 - Gestión de Instalaciones Deportivas: Se aplica cuando la organización gestiona infraestructuras deportivas permanentes (piscinas, polideportivos, canchas de tenis, etc.) y proporciona acceso a estas. La diferencia clave es la posesión y gestión de instalaciones propias.

CNAE 93.12 - Actividades de Clubes Deportivos: Comprende las actividades de clubes constituidos formalmente que tienen estructura organizativa, afiliación de miembros y, generalmente, instalaciones propias. Un club de fútbol, baloncesto o tenis entra aquí, aunque organice eventos externos.

CNAE 93.13 - Centros Deportivos: Se refiere a centros de fitness, gymnasios, spas deportivos y similares que ofrecen servicios de actividad física y bienestar.

CNAE 85.51 - Educación y Formación Deportiva: Cuando la actividad principal es la enseñanza estructurada de deportes (escuelas de fútbol, academias de tenis, campamentos de verano).

Códigos IAE Equivalentes:

  • IAE 968.1: Instalación y celebración de espectáculos deportivos
  • IAE 968.2: Organización de espectáculos deportivos
  • IAE 968.3: Organización de espectáculos deportivos en federaciones y clubes
  • IAE 965.5: Espectáculos taurinos (caso particular del sector deportivo)

La elección correcta entre estos códigos depende de la naturaleza de la organización (club, empresa, autónomo) y la existencia de instalaciones propias.

Preguntas Frecuentes

¿Un deportista profesional independiente debe darse de alta con CNAE 93.19?

Sí, un deportista que ejerce profesionalmente por cuenta propia (tenista, golfista, esquiador) debe registrarse con CNAE 93.19. Esto incluye los ingresos por participación en competiciones, premios y patrocinios directos. Sin embargo, si el deportista imparte clases o entrenamientos estructurados, podría ser necesario también CNAE 85.51. La clave está en identificar la actividad principal. Además, deberá cumplir con las obligaciones de autónomo ante la Seguridad Social y presentar declaraciones trimestrales del IVA si supera los umbrales establecidos.

¿Qué diferencia hay entre un promotor de eventos deportivos con CNAE 93.19 y un club deportivo con CNAE 93.12?

La diferencia fundamental radica en la estructura organizativa y las instalaciones. Un promotor de eventos (CNAE 93.19) es una empresa o autónomo que organiza eventos puntuales sin tener instalaciones propias permanentes ni estructura de club. Un club deportivo (CNAE 93.12) tiene estatutos, junta directiva, afiliados y, generalmente, instalaciones propias. Un promotor puede organizar un torneo de tenis en diferentes pistas alquiladas; un club es la entidad que gestiona el tenis de manera continua con sus propias instalaciones y estructura.

¿Un árbitro o juez deportivo independiente necesita algún requisito especial?

Un árbitro o juez que ejerce por cuenta propia debe registrarse con CNAE 93.19. No requiere instalaciones propias ni afiliación a un club específico. Deberá cumplir con las obligaciones de autónomo: alta en la Seguridad Social, presentación de declaraciones fiscales (IVA si procede, IRPF), y llevar contabilidad simplificada. Algunos árbitros pueden estar federados, pero esto no cambia su clasificación fiscal. Es recomendable mantener documentación de los eventos en los que ha actuado como prueba de ingresos.

¿Cómo se clasifica a un guía de montaña que ofrece servicios de escalada y senderismo?

Un guía de montaña que ofrece servicios de forma independiente se clasifica bajo CNAE 93.19. Esta actividad está explícitamente incluida en la descripción del código. El guía deberá registrarse como autónomo, obtener los seguros de responsabilidad civil obligatorios, y cumplir con la normativa de seguridad en actividades de montaña. Si además imparte cursos de formación en técnicas de escalada, podría necesitar complementar con CNAE 85.51 si la formación es estructurada y certificada.

¿La explotación de un coto de pesca o caza deportiva requiere CNAE 93.19?

Sí, la explotación de cotos de pesca y caza deportivas está incluida en CNAE 93.19. Esto abarca la gestión, mantenimiento y comercialización de acceso a estos espacios. Requiere cumplimiento de normativas ambientales y de conservación, además de las obligaciones fiscales estándar. Es importante verificar los permisos y licencias específicas requeridas por las comunidades autónomas, ya que la regulación de cotos varía significativamente entre territorios.

¿Un organizador de torneos de deportes electrónicos independiente usa CNAE 93.19 o 93.12?

Depende de la estructura. Si es una empresa u autónomo que organiza torneos de e-sports sin tener un club de deportes electrónicos permanente, usa CNAE 93.19. Si es la actividad de una organización que también gestiona un club de e-sports con estructura permanente, podría ser CNAE 93.12. Además, si los jugadores participan profesionalmente de forma independiente en e-sports, también se clasifican bajo 93.19. La diferencia clave es si hay una estructura organizativa permanente (club) o si se trata de eventos puntuales (organizador).

Conclusión

El CNAE 93.19 es una clasificación versátil que recoge todas las actividades deportivas que no encajan en categorías más específicas. Desde deportistas independientes hasta promotores de eventos, árbitros, guías de montaña y gestores de cotos, esta clase es fundamental para el sector deportivo español. La correcta identificación de esta clasificación garantiza el cumplimiento normativo y facilita la gestión fiscal adecuada. Para dudas sobre la clasificación exacta de tu actividad, te recomendamos utilizar el [conversor IAE-CNAE](https://conversoriaecnae.es) o consultar con un asesor fiscal especializado.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Un deportista profesional independiente debe darse de alta con CNAE 93.19?

Sí, un deportista que ejerce profesionalmente por cuenta propia (tenista, golfista, esquiador) debe registrarse con CNAE 93.19. Esto incluye los ingresos por participación en competiciones, premios y patrocinios directos. Sin embargo, si el deportista imparte clases o entrenamientos estructurados, podría ser necesario también CNAE 85.51. La clave está en identificar la actividad principal.

Además, deberá cumplir con las obligaciones de autónomo ante la Seguridad Social y presentar declaraciones trimestrales del IVA si supera los umbrales establecidos (actualmente 3.000 euros en el trimestre). Es recomendable llevar un registro detallado de ingresos y gastos relacionados con la actividad deportiva profesional.

¿Qué diferencia hay entre un promotor de eventos deportivos con CNAE 93.19 y un club deportivo con CNAE 93.12?

La diferencia fundamental radica en la estructura organizativa y las instalaciones. Un promotor de eventos (CNAE 93.19) es una empresa o autónomo que organiza eventos puntuales sin tener instalaciones propias permanentes ni estructura de club. Un club deportivo (CNAE 93.12) tiene estatutos, junta directiva, afiliados y, generalmente, instalaciones propias.

Un promotor puede organizar un torneo de tenis en diferentes pistas alquiladas; un club es la entidad que gestiona el tenis de manera continua con sus propias instalaciones y estructura. Esta distinción es importante para la tributación, ya que los clubes pueden tener regímenes especiales como entidades sin ánimo de lucro, mientras que los promotores independientes tributan como empresarios ordinarios.

¿Un árbitro o juez deportivo independiente necesita algún requisito especial?

Un árbitro o juez que ejerce por cuenta propia debe registrarse con CNAE 93.19. No requiere instalaciones propias ni afiliación obligatoria a un club específico. Deberá cumplir con las obligaciones de autónomo: alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos, presentación de declaraciones fiscales (IVA si procede, IRPF), y llevar contabilidad simplificada.

Algunos árbitros pueden estar federados, pero esto no cambia su clasificación fiscal. Es recomendable mantener documentación de los eventos en los que ha actuado como prueba de ingresos, así como recibos de los organizadores de competiciones. Algunos árbitros de élite pueden requerir licencias específicas según la federación correspondiente.

¿Cómo se clasifica a un guía de montaña que ofrece servicios de escalada y senderismo?

Un guía de montaña que ofrece servicios de forma independiente se clasifica bajo CNAE 93.19. Esta actividad está explícitamente incluida en la descripción del código. El guía deberá registrarse como autónomo, obtener los seguros de responsabilidad civil obligatorios, y cumplir con la normativa de seguridad en actividades de montaña.

Si además imparte cursos de formación en técnicas de escalada, podría necesitar complementar con CNAE 85.51 si la formación es estructurada y certificada. Es fundamental contar con certificaciones profesionales reconocidas (como guía de montaña oficial) y mantener actualización en protocolos de seguridad y primeros auxilios. Las comunidades autónomas pueden requerir registros específicos para guías de montaña.

¿La explotación de un coto de pesca o caza deportiva requiere CNAE 93.19?

Sí, la explotación de cotos de pesca y caza deportivas está incluida en CNAE 93.19. Esto abarca la gestión, mantenimiento y comercialización de acceso a estos espacios. Requiere cumplimiento de normativas ambientales y de conservación, además de las obligaciones fiscales estándar.

Es importante verificar los permisos y licencias específicas requeridas por las comunidades autónomas, ya que la regulación de cotos varía significativamente entre territorios. Algunos cotos requieren concesiones administrativas, permisos de caza/pesca, y cumplimiento de cuotas de captura. También es necesario contratar seguros específicos de responsabilidad civil por actividades de caza y pesca.

¿Un organizador de torneos de deportes electrónicos independiente usa CNAE 93.19 o 93.12?

Depende de la estructura. Si es una empresa u autónomo que organiza torneos de e-sports sin tener un club de deportes electrónicos permanente, usa CNAE 93.19. Si es la actividad de una organización que también gestiona un club de e-sports con estructura permanente, podría ser CNAE 93.12.

Además, si los jugadores participan profesionalmente de forma independiente en e-sports, también se clasifican bajo 93.19. La diferencia clave es si hay una estructura organizativa permanente (club) o si se trata de eventos puntuales (organizador). Para organizadores que usan plataformas online y no tienen instalaciones físicas, CNAE 93.19 es la opción correcta.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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