CNAE 96.21: Peluquerías y Barberías - Guía Completa

El código CNAE 96.21 clasifica las actividades de peluquería y barbería, incluyendo corte, peinado, teñido y tratamientos capilares. Descubre sus características, códigos IAE asociados y requisitos legales.

Brian Mena
7 min de lectura
Imagen de CNAE 96.21

CNAE 96.21: Peluquerías y Barberías - Guía Completa

Introducción

El código CNAE 96.21 identifica las actividades profesionales de peluquería y barbería en España. Esta clasificación es fundamental para autónomos y pequeñas empresas que se dedican a servicios capilares, siendo uno de los códigos más utilizados en el sector de servicios personales. Con más de 327 búsquedas mensuales, refleja el interés de emprendedores por conocer la correcta clasificación de sus actividades. Este código es relevante tanto para peluquerías tradicionales como para salones modernos de estilismo, garantizando la correcta declaración ante Hacienda y la Seguridad Social.

Descripción Detallada de Actividades Incluidas

El CNAE 96.21 comprende un amplio espectro de servicios relacionados con el cuidado y embellecimiento del cabello. Las actividades específicas incluyen:

Servicios capilares básicos:

  • Lavado y acondicionamiento del cabello
  • Corte de cabello para hombres y mujeres
  • Peinado y ondulación del cabello
  • Afeitado y recorte de barba
  • Depilación facial masculina
  • Teñido y coloración capilar
  • Aplicación de mechas y luces
  • Alisado y permanentes
  • Tratamientos capilares reparadores
  • Estilismo y diseño de peinados
  • Tratamientos de queratina y botox capilar

Tratamientos y procesos especializados:

Ejemplos concretos de negocios clasificados bajo este código:

Una peluquería tradicional de barrio que ofrece cortes clásicos y servicios básicos de lavado y peinado está claramente incluida. De igual forma, un salón de estilismo moderno que realiza cambios de imagen completos, con servicios de coloración avanzada y tratamientos capilares especializados, también se clasifica bajo este código. Una barbería clásica que se dedica exclusivamente al afeitado, recorte de barba y corte de cabello masculino es otro ejemplo típico. Incluso un peluquero autónomo que trabaja a domicilio realizando estos servicios debe registrarse bajo esta clasificación.

Cuándo usar este código vs otros similares:

Es crucial diferenciar CNAE 96.21 de otros códigos relacionados. Si el negocio se dedica únicamente a servicios de belleza sin implicación capilar (manicura, pedicura, masajes faciales), debe usarse CNAE 96.22. Si la actividad principal es gestionar spas, saunas o baños turcos, corresponde CNAE 96.23. El código 96.21 debe usarse cuando la actividad principal es el tratamiento del cabello y servicios de barbería.

Actividades Excluidas

Es importante conocer qué NO está incluido en CNAE 96.21. La fabricación de pelucas y postizos se clasifica bajo CNAE 32.99 (Otras actividades manufactureras diversas), no bajo peluquería. La venta de productos capilares sin prestación de servicios también está excluida, correspondiendo a comercio minorista. Los servicios de extensiones de cabello realizadas exclusivamente sin otros servicios capilares pueden clasificarse diferentemente según la naturaleza del servicio.

Los servicios de estética integral que incluyan manicura, pedicura, masajes corporales y faciales, pero sin servicios capilares significativos, deben clasificarse bajo CNAE 96.22. Los tratamientos médicos o dermatológicos del cuero cabelludo realizados por profesionales sanitarios no se incluyen aquí, sino en códigos de actividades sanitarias.

Códigos Relacionados y Equivalencias

Equivalencias IAE (Impuesto de Actividades Económicas):

El CNAE 96.21 se corresponde principalmente con dos códigos IAE:

  • IAE 972.1 - Servicios peluquería señoras y caballeros: Este es el código IAE más directo para peluquerías que ofrecen servicios tanto para hombres como para mujeres. Es el más común en el registro de actividades económicas.
  • IAE 972.2 - Salones e institutos de belleza: Aunque técnicamente incluye servicios de belleza más amplios, muchas peluquerías modernas que ofrecen servicios integrales de belleza se registran bajo este código cuando combinan peluquería con otros tratamientos estéticos.

Códigos CNAE relacionados en la misma sección:

  • CNAE 96.22 - Actividades de cuidados de belleza: Incluye servicios de belleza no capilares como manicura, pedicura, depilación corporal, masajes faciales y tratamientos dermatológicos estéticos. Usar este código si la actividad principal no es peluquería.
  • CNAE 96.23 - Actividades de spas, saunas y baños turcos: Para establecimientos cuya actividad principal es la gestión de instalaciones de bienestar y relajación, aunque muchas ofrecen servicios capilares complementarios.

Criterios de selección:

La elección correcta depende de la actividad principal del negocio. Si más del 50% de los ingresos provienen de servicios capilares, usa CNAE 96.21. Si la peluquería es complementaria a otros servicios de belleza, puede considerarse CNAE 96.22. La documentación del INE recomienda usar el código que mejor represente la actividad económica principal.

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio registrarse con CNAE 96.21 si soy peluquero autónomo?

Sí, es obligatorio. Todo profesional que ejerza actividades de peluquería debe registrarse ante la Administración Tributaria con el código CNAE correspondiente. Además, debe darse de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas y penalizaciones fiscales. El registro debe realizarse en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o lugar de actividad.

¿Puedo combinar CNAE 96.21 con CNAE 96.22 si ofrezco peluquería y manicura?

Sí, es posible registrar múltiples códigos CNAE si realizas actividades de diferentes secciones. Sin embargo, debes indicar cuál es tu actividad principal (la que genera más ingresos). Esto es importante para la clasificación estadística del INE y para posibles inspecciones fiscales. Muchos salones modernos se registran bajo ambos códigos, siendo CNAE 96.21 la actividad principal. Consulta con tu asesor fiscal para la mejor estructura en tu caso particular.

¿Qué diferencia hay entre IAE 972.1 y IAE 972.2? ¿Cuál debo elegir?

IAE 972.1 (Servicios peluquería señoras y caballeros) es la opción más específica para peluquerías tradicionales que ofrecen servicios capilares. IAE 972.2 (Salones e institutos de belleza) es más amplio e incluye servicios de belleza integral. Si tu negocio es principalmente peluquería, elige IAE 972.1. Si combinas peluquería con servicios estéticos variados (manicura, masajes, tratamientos faciales), IAE 972.2 puede ser más apropiado. La elección correcta evita problemas en inspecciones y asegura la clasificación adecuada para estadísticas comerciales.

¿Necesito licencia especial o certificación para ejercer como peluquero con CNAE 96.21?

No existe un título oficial obligatorio a nivel estatal para ejercer como peluquero en España, aunque sí se requiere cumplir con normativas de higiene y seguridad. Es recomendable poseer formación profesional en peluquería (ciclo formativo de grado medio o superior) o acreditar experiencia laboral. Algunos municipios exigen licencia municipal de actividad y cumplimiento de normativas sanitarias específicas. Es obligatorio mantener registros de productos utilizados y cumplir con la normativa de protección de datos (RGPD) respecto a clientes. Consulta con tu ayuntamiento sobre requisitos locales específicos.

¿Qué obligaciones fiscales tengo como peluquero registrado con CNAE 96.21?

Como autónomo con CNAE 96.21, debes: presentar declaración trimestral de IVA (modelo 330), declaración anual de la Renta (modelo 100 o 130), mantener registros de ingresos y gastos, emitir facturas a clientes empresariales, cotizar a la Seguridad Social, y cumplir con retenciones si corresponde. Si el volumen de negocio supera 600.000 euros anuales, debes estar dado de alta en el sistema de facturación electrónica. La retención de IRPF es del 15% si facturas a empresas o profesionales. Es recomendable llevar una contabilidad ordenada y contar con asesoría fiscal especializada.

Conclusión

El código CNAE 96.21 es la clasificación estándar para actividades de peluquería y barbería en España, abarcando desde servicios básicos hasta tratamientos capilares especializados. Su correcta identificación es fundamental para cumplir obligaciones fiscales y garantizar la coherencia estadística. Aunque no requiere certificación oficial, sí exige cumplimiento normativo en higiene, seguridad y tributación. Para dudas específicas sobre tu clasificación, utiliza el [@portabletext/react] Unknown block type "span", specify a component for it in the `components.types` prop o consulta con un asesor fiscal especializado en actividades de servicios personales.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Es obligatorio registrarse con CNAE 96.21 si soy peluquero autónomo?

Sí, es obligatorio. Todo profesional que ejerza actividades de peluquería debe registrarse ante la Administración Tributaria con el código CNAE correspondiente. Además, debe darse de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas y penalizaciones fiscales. El registro debe realizarse en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o lugar de actividad.

Esta obligación aplica tanto si trabajas como autónomo en un local propio como si lo haces a domicilio. La inscripción es gratuita y debe realizarse antes de iniciar la actividad económica.

¿Puedo combinar CNAE 96.21 con CNAE 96.22 si ofrezco peluquería y manicura?

Sí, es posible registrar múltiples códigos CNAE si realizas actividades de diferentes secciones. Sin embargo, debes indicar cuál es tu actividad principal (la que genera más ingresos). Esto es importante para la clasificación estadística del INE y para posibles inspecciones fiscales. Muchos salones modernos se registran bajo ambos códigos, siendo CNAE 96.21 la actividad principal.

Cuando registres múltiples códigos, la Administración considerará como actividad principal aquella que represente al menos el 50% de los ingresos totales. Esto afecta a la clasificación fiscal y a fines estadísticos. Consulta con tu asesor fiscal para la mejor estructura en tu caso particular.

¿Qué diferencia hay entre IAE 972.1 y IAE 972.2? ¿Cuál debo elegir?

IAE 972.1 (Servicios peluquería señoras y caballeros) es la opción más específica para peluquerías tradicionales que ofrecen servicios capilares. IAE 972.2 (Salones e institutos de belleza) es más amplio e incluye servicios de belleza integral. Si tu negocio es principalmente peluquería, elige IAE 972.1. Si combinas peluquería con servicios estéticos variados (manicura, masajes, tratamientos faciales), IAE 972.2 puede ser más apropiado.

La elección correcta evita problemas en inspecciones y asegura la clasificación adecuada para estadísticas comerciales. Ambos códigos tienen la misma tributación en el Impuesto de Actividades Económicas, por lo que la decisión se basa principalmente en la descripción más precisa de tu actividad económica.

¿Necesito licencia especial o certificación para ejercer como peluquero con CNAE 96.21?

No existe un título oficial obligatorio a nivel estatal para ejercer como peluquero en España, aunque sí se requiere cumplir con normativas de higiene y seguridad. Es recomendable poseer formación profesional en peluquería (ciclo formativo de grado medio o superior) o acreditar experiencia laboral. Algunos municipios exigen licencia municipal de actividad y cumplimiento de normativas sanitarias específicas.

Es obligatorio mantener registros de productos utilizados y cumplir con la normativa de protección de datos (RGPD) respecto a clientes. Debes asegurar que los productos químicos utilizados cumplen con regulaciones de seguridad. Consulta con tu ayuntamiento sobre requisitos locales específicos, ya que varían según la comunidad autónoma y municipio.

¿Qué obligaciones fiscales tengo como peluquero registrado con CNAE 96.21?

Como autónomo con CNAE 96.21, debes: presentar declaración trimestral de IVA (modelo 330), declaración anual de la Renta (modelo 100 o 130), mantener registros de ingresos y gastos, emitir facturas a clientes empresariales, cotizar a la Seguridad Social, y cumplir con retenciones si corresponde. Si el volumen de negocio supera 600.000 euros anuales, debes estar dado de alta en el sistema de facturación electrónica.

La retención de IRPF es del 15% si facturas a empresas o profesionales. Es recomendable llevar una contabilidad ordenada y contar con asesoría fiscal especializada. Además, debes cumplir con obligaciones de seguridad social, incluyendo cotización mensual y pago de impuestos sobre la renta anualmente.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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