IAE 843.1: Servicios Técnicos de Ingeniería
El código IAE 843.1 ampara los servicios técnicos de ingeniería, desde proyectos de eficiencia energética hasta asesoramiento en ingeniería industrial, tecnológica e informática. Descubre todo lo que necesitas saber para registrarte correctamente.

IAE 843.1: Servicios Técnicos de Ingeniería - Guía Completa
Introducción
El código IAE 843.1 corresponde a los servicios técnicos de ingeniería, una categoría fundamental para profesionales y empresas que ofrecen asesoramiento, proyectos y estudios de naturaleza técnica en diversos campos de la ingeniería. Este epígrafe es esencial para ingenieros industriales, técnicos superiores y consultores que desarrollan su actividad profesional en España. La correcta clasificación de tu actividad bajo este código es crucial para cumplir con tus obligaciones fiscales ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y garantizar que tu negocio está correctamente registrado en el régimen de autónomos o como empresa.
Descripción Detallada del Código IAE 843.1
El código IAE 843.1 ampara un amplio espectro de actividades relacionadas con la ingeniería técnica y el asesoramiento especializado. Según la información oficial de la AEAT, este epígrafe incluye servicios de naturaleza técnica vinculados a la ingeniería industrial, tecnológica, informática y electrónica.
Actividades específicas incluidas:
- Proyectos de eficiencia energética: diseño e implementación de sistemas para optimizar el consumo energético en edificios residenciales, hoteles y establecimientos comerciales
- Programación y verificación de instalaciones domóticas: sistemas de automatización del hogar, control inteligente de viviendas y edificios
- Instalaciones robotizadas: proyectos que incorporan sistemas robóticos en viviendas, hoteles y otros espacios
- Control de mediciones en unidades de obra: supervisión técnica durante la ejecución de proyectos de construcción
- Certificaciones y dirección facultativa: certificación de proyectos y dirección técnica de obras de ingeniería
- Laboratorios de ensayos: servicios de control y verificación de calidad en instalaciones tecnológicas
- Servicios de control ferroviario: sistemas de seguridad en líneas férreas, control de velocidad en tranvías, sistemas de frenado y señalización
- Elaboración de proyectos mineros: estudios, informes y asesoramientos especializados en minería
- Servicios de organización industrial: consultoría prestada por ingenieros industriales para optimizar procesos productivos
- Diseño industrial: en áreas como la fabricación de armamento ligero y otros sectores especializados
Ejemplos concretos de profesionales y empresas:
Un ingeniero industrial que ofrece servicios de consultoría para mejorar la eficiencia productiva de pequeñas y medianas empresas debe registrarse bajo este código. Igualmente, un técnico especializado en domótica que diseña e implementa sistemas de automatización para viviendas de lujo, un consultor de eficiencia energética que realiza auditorías y propone mejoras en hoteles, o una empresa de ingeniería que elabora proyectos técnicos para instalaciones industriales, todos ellos deben utilizar el IAE 843.1.
Cuándo usar este código vs. otros similares:
Es fundamental diferenciar entre IAE 843.1 y códigos relacionados. Si tu actividad es principalmente de arquitectura técnica (proyectos arquitectónicos, dirección de obras de construcción), debes usar IAE 843.2. Si realizas prospecciones geológicas o estudios del terreno, corresponde IAE 843.3. Para trabajos topográficos y levantamientos de planos, utiliza IAE 843.4. Si tu especialidad es la delineación técnica (elaboración de planos y dibujos técnicos), el código correcto es IAE 843.5. En cambio, IAE 843.1 es específicamente para servicios técnicos de ingeniería en sus diversas disciplinas.
Actividades Excluidas
No están incluidas en el IAE 843.1 aquellas actividades que, aunque sean técnicas, pertenecen a categorías diferentes o requieren códigos específicos:
- Dirección de obras puramente arquitectónicas: corresponden a IAE 843.2
- Estudios geológicos y prospecciones de terrenos: IAE 843.3
- Trabajos de topografía y agrimensura: IAE 843.4
- Delineación técnica sin servicios de ingeniería: IAE 843.5
- Inspección técnica de vehículos: IAE 843.6
- Actividades de construcción: aunque incluyan aspectos técnicos, se clasifican bajo otros códigos de construcción
- Fabricación de productos: si tu empresa fabrica equipos basados en ingeniería (no solo diseña), puede requerir códigos de actividad económica diferentes
- Servicios de programación informática pura: aunque pueden estar relacionados, si la actividad es exclusivamente software, consulta códigos específicos de tecnología
En caso de duda sobre si tu actividad debe clasificarse bajo otro código, la AEAT proporciona servicios de consulta a través de su Dirección General de Tributos.
Códigos Relacionados y Equivalencias
Equivalencia CNAE-IAE:
El código IAE 843.1 se corresponde con el CNAE 71.12 - "Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico". Aunque los códigos tienen nomenclaturas diferentes, ambos sistemas clasifican la misma actividad económica. La AEAT mantiene estas equivalencias para facilitar la comunicación entre autónomos y administración.
Códigos relacionados en la misma rama:
- IAE 843.2 - Servicios técnicos de arquitectura: para profesionales del diseño y dirección de proyectos arquitectónicos
- IAE 843.3 - Servicios técnicos prospecciones y geología: especializado en estudios geológicos y del subsuelo
- IAE 843.4 - Servicios técnicos de topografía: para levantamientos topográficos y trabajos de agrimensura
- IAE 843.5 - Servicios técnicos de delineación: enfocado en la elaboración de planos y dibujos técnicos
- IAE 843.6 - Inspección técnica de vehículos: para inspecciones de seguridad vehicular
- IAE 843.9 - Otros servicios técnicos NCOP: para servicios técnicos no clasificados en otros epígrafes
Cuándo elegir uno u otro:
La clave está en identificar cuál es tu actividad principal. Si tu empresa ofrece múltiples servicios (por ejemplo, ingeniería y arquitectura), debes registrarte bajo el código que represente tu principal fuente de ingresos. Si la actividad es equilibrada, algunos gestores recomiendan registrarse bajo el código más específico o consultar con la AEAT para una clasificación dual.
Preguntas Frecuentes sobre IAE 843.1
¿Necesito colegiación profesional para registrarme bajo IAE 843.1?
No es obligatorio estar colegiado para registrarse bajo este código, pero sí es recomendable si eres ingeniero o técnico superior. Muchas comunidades autónomas y colegios profesionales facilitan la colegiación para ingenieros industriales, de telecomunicaciones, técnicos superiores en electrónica, etc. La colegiación puede ser necesaria si tu actividad implica responsabilidad técnica en proyectos (por ejemplo, firma de proyectos que requieren visado colegial). Consulta con tu colegio profesional y con la AEAT antes de formalizar tu alta.
¿Puedo compatibilizar IAE 843.1 con otras actividades?
Sí, es posible registrarse bajo múltiples códigos IAE si tu empresa desarrolla varias actividades económicas. Por ejemplo, un ingeniero que además ofrece servicios de delineación técnica podría registrarse bajo 843.1 y 843.5. Sin embargo, debes declarar claramente cuál es tu actividad principal (la que genera mayor volumen de facturación) y cuáles son las secundarias. La AEAT requiere que especifiques esta información en tu solicitud de alta, y es importante ser transparente para evitar problemas fiscales posteriores.
¿Qué obligaciones fiscales tengo como profesional del IAE 843.1?
Como autónomo o empresa registrada bajo IAE 843.1, tienes las siguientes obligaciones principales: (1) presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) si estás sujeto a este impuesto; (2) presentar la declaración anual de la renta (modelo 100 para autónomos o modelo 200 para sociedades); (3) llevar un registro de ingresos y gastos; (4) emitir facturas por tus servicios con todos los datos requeridos; (5) cumplir con el régimen de retenciones si aplica; (6) presentar la declaración de patrimonio si superas los límites establecidos. Además, si contratas empleados, debes cumplir con las obligaciones de Seguridad Social y presentar nóminas regularmente.
¿Cómo se diferencia el IAE 843.1 de un ingeniero que trabaja como empleado?
La diferencia fundamental es que el IAE 843.1 es para profesionales autónomos o empresas que ofrecen servicios técnicos de ingeniería de forma independiente. Si eres ingeniero y trabajas como empleado en una empresa (aunque esa empresa sea de ingeniería), no necesitas este código; tu empresa se registra bajo el código que corresponda a su actividad principal. El IAE 843.1 es para cuando tú eres el profesional que presta el servicio a terceros, ya sea como autónomo individual o como empresa propietaria.
¿Qué documentación necesito para registrarme bajo IAE 843.1?
Para solicitar el alta en el IAE bajo el código 843.1, necesitarás: documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte), descripción detallada de tu actividad, domicilio fiscal, datos de contacto, y en algunos casos, documentación que acredite tu capacidad técnica (por ejemplo, título de ingeniero o técnico superior). Si eres empresa, también necesitarás los datos de los administradores y el acta de constitución. Es recomendable que prepares una descripción clara de los servicios que ofrecerás para que la AEAT pueda validar que corresponden efectivamente a este código.
Conclusión
El código IAE 843.1 es la clasificación correcta para profesionales y empresas que ofrecen servicios técnicos de ingeniería en sus diversas disciplinas: desde proyectos de eficiencia energética hasta asesoramiento en ingeniería industrial, domótica, control ferroviario o minería. Registrarte bajo el código correcto es fundamental para cumplir con tus obligaciones fiscales y evitar problemas con la administración tributaria. Si tienes dudas sobre si tu actividad corresponde a este código o a otro relacionado, te recomendamos usar un conversor IAE-CNAE especializado o consultar directamente con la AEAT a través de su Dirección General de Tributos para una clasificación precisa y personalizada.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué diferencia hay entre IAE 843.1 y IAE 843.2?
IAE 843.1 corresponde a servicios técnicos de ingeniería (ingeniería industrial, tecnológica, informática, electrónica, proyectos de eficiencia energética, domótica, etc.), mientras que IAE 843.2 es para servicios técnicos de arquitectura (diseño arquitectónico, dirección de obras de construcción desde perspectiva arquitectónica). La diferencia principal es la disciplina: si tu especialidad es ingeniería, usas 843.1; si es arquitectura, usas 843.2. En algunos casos, un profesional puede ofrecer ambos servicios, pero debe identificar cuál es su actividad principal para el registro fiscal.
¿Necesito un título oficial para trabajar bajo IAE 843.1?
Aunque la AEAT no exige obligatoriamente un título oficial para registrarse bajo IAE 843.1, es altamente recomendable tener una formación acreditada: Grado en Ingeniería, Técnico Superior en especialidades técnicas, o formación equivalente reconocida. Además, si tu actividad implica firmar proyectos que requieren visado colegial (como en algunas comunidades autónomas), necesitarás estar colegiado como ingeniero o técnico superior. La falta de titulación adecuada puede generar problemas legales si ofreces servicios que requieren responsabilidad técnica. Consulta con tu colegio profesional regional para conocer los requisitos específicos.
¿Puedo facturar servicios de programación informática bajo IAE 843.1?
Depende de la naturaleza del servicio. Si tu trabajo de programación está directamente vinculado a un proyecto de ingeniería (por ejemplo, programación de sistemas de domótica, control industrial, automatización de procesos industriales), sí puede incluirse bajo IAE 843.1 como parte de servicios técnicos de ingeniería. Sin embargo, si tu actividad es programación informática pura (desarrollo de software, aplicaciones, páginas web sin componente de ingeniería técnica), deberías registrarte bajo códigos específicos de tecnología de la información. Si ofreces ambos servicios, identifica cuál es tu actividad principal y registra la secundaria si es necesario.
¿Cuál es el régimen de IVA para servicios bajo IAE 843.1?
Los servicios técnicos de ingeniería están sujetos a IVA al tipo general (21%) en la mayoría de casos. Algunas excepciones pueden aplicarse si tus servicios se consideran actividades exentas de IVA (como ciertos servicios de educación o asesoramiento específico), pero esto es infrecuente. Como profesional bajo IAE 843.1, debes: (1) emitir facturas con IVA desglosado; (2) presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303); (3) si trabajas con clientes en otros países de la UE, aplicar el régimen de IVA intracomunitario. Es recomendable consultar con un asesor fiscal para optimizar tu régimen de IVA según tu situación específica.
¿Puedo registrarme como autónomo bajo IAE 843.1 si trabajo como freelancer?
Sí, absolutamente. Muchos ingenieros y técnicos trabajan como autónomos freelance bajo IAE 843.1, ofreciendo servicios puntuales a múltiples clientes (empresas, administraciones públicas, particulares). Como autónomo freelancer, debes: (1) darte de alta en el IAE bajo 843.1; (2) registrarte en el régimen de autónomos de la Seguridad Social; (3) emitir facturas por cada servicio prestado; (4) presentar declaraciones fiscales regulares. Muchos profesionales de ingeniería optan por esta modalidad porque ofrece flexibilidad y permite gestionar múltiples proyectos de diferentes clientes sin necesidad de constituir una empresa formal.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


