IAE 887: Maquilladores y Esteticistas - Guía

El código IAE 887 clasifica profesionales dedicados a maquillaje y estética. Descubre qué actividades incluye, requisitos de registro y diferencias con otros códigos relacionados.

Brian Mena
8 min de lectura
Imagen de IAE 887

IAE 887: Maquilladores y Esteticistas - Guía Completa

Introducción

El código IAE 887 clasifica a los profesionales dedicados a actividades de maquillaje y estética. Se trata de un código de grupo que agrupa a maquilladores y esteticistas que aplican productos cosméticos y realizan tratamientos estéticos para mejorar la apariencia de sus clientes. Este código es fundamental para cualquier profesional del sector de la belleza que ejerza como autónomo o gestione una pequeña empresa en España. Según datos de la AEAT, el IAE 887 registra una considerable demanda con más de 249 búsquedas anuales, reflejando el crecimiento del sector estético en el mercado español.

Este código resulta especialmente relevante para profesionales que deseen formalizar su actividad ante la administración tributaria, ya que su registro es obligatorio para ejercer legalmente y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.

Descripción Detallada del IAE 887

El IAE 887 engloba todas aquellas actividades relacionadas con la aplicación de técnicas y productos cosméticos destinados a mejorar la apariencia física de las personas. Los profesionales clasificados bajo este código realizan trabajos especializados en el cuidado y embellecimiento de la piel, cabello, uñas y otras áreas del cuerpo.

Actividades específicas incluidas en el IAE 887:

  • Maquillaje profesional: Aplicación de maquillaje para eventos, ceremonias, sesiones fotográficas, producciones audiovisuales y uso diario. Esto incluye maquillaje artístico, maquillaje correctivo y maquillaje de fantasía.
  • Tratamientos faciales estéticos: Limpiezas de cutis, peelings químicos y mecánicos, mascarillas, tratamientos antiedad, hidratación profunda y otros procedimientos no invasivos para mejorar la calidad de la piel facial.
  • Depilación y cuidado corporal: Depilación con cera, depilación eléctrica, depilación láser (cuando no requiere cualificación médica específica), así como otros tratamientos de cuidado del cuerpo.
  • Tratamientos de uñas: Manicura, pedicura, aplicación de esmaltes semipermanentes, uñas postizas y diseño de uñas artístico.
  • Cuidado capilar estético: Tratamientos capilares de belleza, alisados, permanentes, coloración cosmética y otros servicios de peluquería estética (aunque algunos pueden clasificarse bajo códigos específicos de peluquería).
  • Tratamientos corporales: Masajes estéticos, envolturas corporales, tratamientos de celulitis y otros servicios de estética corporal.

Ejemplos concretos de profesionales que utilizan el IAE 887:

  • Un maquillador profesional que trabaja para eventos, bodas y sesiones fotográficas
  • Una esteticista que ofrece tratamientos faciales y corporales en un salón de belleza
  • Un profesional especializado en depilación láser y tratamientos de piel
  • Un especialista en manicura y pedicura con servicio de diseño de uñas
  • Una terapeuta estética que realiza masajes y tratamientos relajantes de belleza
  • Un profesional autónomo que combina múltiples servicios estéticos en su propio local

Cuándo usar IAE 887 vs otros códigos:

Es fundamental distinguir el IAE 887 de otros códigos relacionados. Si tu actividad principal es la peluquería tradicional (cortes, lavados, peinados), deberías considerar el código específico de peluquería. Si realizas tratamientos médico-estéticos que requieren cualificación sanitaria específica (como inyecciones de ácido hialurónico o toxina botulínica), necesitarás un código diferente que refleje tu formación sanitaria. El IAE 887 es específicamente para tratamientos estéticos no invasivos y cosméticos que no requieren prescripción médica.

Actividades Excluidas del IAE 887

Existen actividades relacionadas con la belleza que no deben clasificarse bajo el código IAE 887 y que requieren códigos alternativos específicos.

Actividades NO incluidas:

  • Peluquería tradicional: Aunque algunos servicios de peluquería estética pueden solaparse, la peluquería pura (cortes, lavados, peinados) tiene su propio código IAE específico.
  • Tratamientos médico-estéticos: Procedimientos que requieren cualificación sanitaria específica, como inyecciones de toxina botulínica, rellenos dérmicos, mesoterapia o láser médico. Estos deben clasificarse bajo códigos sanitarios correspondientes.
  • Cirugía estética: Cualquier intervención quirúrgica debe clasificarse bajo códigos de servicios médicos o quirúrgicos, no bajo estética.
  • Fisioterapia: Aunque puede incluir masajes, la fisioterapia especializada requiere códigos sanitarios específicos.
  • Servicios de asesoramiento de imagen: Si tu actividad es principalmente asesoramiento y no aplicación de tratamientos, puede corresponder otro código.
  • Venta exclusiva de productos cosméticos: Si tu negocio es únicamente la venta de productos sin aplicación de servicios, corresponderá un código de comercio minorista.

Códigos alternativos para actividades excluidas:

Si realizas peluquería, busca los códigos IAE específicos de peluquería. Si tu actividad incluye servicios sanitarios, consulta con la AEAT sobre códigos de servicios médicos o de enfermería. Para asesoramiento de imagen, existen códigos de consultoría específicos.

Códigos Relacionados y Equivalencias

El IAE 887 pertenece a la categoría de Estética y Belleza dentro de la clasificación de actividades económicas españolas. Aunque no tiene equivalencia directa en el sistema CNAE (que utiliza una clasificación diferente), el código IAE 887 se alinea con actividades clasificadas en la sección de servicios personales.

Códigos IAE relacionados:

  • IAE 886: Peluquería. Aunque existe solapamiento en algunos servicios (como tratamientos capilares estéticos), este código es específico para cortes y peinados profesionales.
  • Otros códigos de servicios personales: Existen códigos para sauna, baños turcos y otros servicios de bienestar que pueden complementar la actividad de esteticista.

Consideraciones para elegir entre códigos:

La distinción principal radica en el tipo de servicio predominante en tu negocio. Si tu actividad se centra en maquillaje y tratamientos faciales/corporales no invasivos, el IAE 887 es el correcto. Si combinas servicios de peluquería y estética, deberás evaluar cuál es tu actividad principal y registrarte bajo el código correspondiente, aunque puedas realizar servicios complementarios de la otra categoría.

Preguntas Frecuentes sobre IAE 887

¿Es obligatorio darse de alta en el IAE 887 si trabajo como maquilladora o esteticista?

Sí, es obligatorio. Según la normativa de la AEAT, cualquier persona que ejerza como autónoma o gestione una pequeña empresa debe darse de alta en el IAE correspondiente a su actividad principal. El código IAE 887 requiere registro obligatorio (requiresRegistration: true), lo que significa que no puedes ejercer legalmente sin completar este trámite ante la administración tributaria. El alta en el IAE es gratuita y se realiza a través del modelo 036 (para autónomos) o 037 (para sociedades) en la Agencia Tributaria. Incumplir esta obligación puede resultar en sanciones administrativas y fiscales.

¿Qué diferencia hay entre maquillador y esteticista bajo el IAE 887?

Ambos profesionales se clasifican bajo el mismo código IAE 887, aunque realizan servicios diferentes. Un maquillador se especializa en la aplicación de productos cosméticos para mejorar o transformar la apariencia, frecuentemente para eventos especiales, sesiones fotográficas o uso diario. Una esteticista ofrece tratamientos más amplios que incluyen cuidado facial, corporal, depilación, masajes estéticos y otros procedimientos de belleza integral. Sin embargo, desde el punto de vista fiscal y administrativo, ambos profesionales utilizan el mismo código porque sus actividades se enmarcan dentro de los servicios estéticos no invasivos. Si tu actividad combina ambas especialidades, el IAE 887 cubre perfectamente ambas funciones.

¿Puedo trabajar como esteticista desde casa o necesito un local comercial?

Puedes trabajar desde casa siempre que cumplas con la normativa municipal y de seguridad. Sin embargo, debes informar a la administración tributaria sobre tu domicilio de ejercicio. Algunos municipios requieren licencia de actividad para ejercer servicios estéticos incluso desde domicilio particular, por lo que es recomendable consultar con el ayuntamiento antes de comenzar. Desde el punto de vista fiscal, el IAE 887 no especifica que sea obligatorio tener un local comercial, pero sí debes estar registrado correctamente en el domicilio donde ejerces la actividad. Si trabajas desde casa, asegúrate de que tu vivienda cumple con las condiciones de seguridad e higiene necesarias para prestar servicios estéticos.

¿Qué obligaciones fiscales tengo con el IAE 887?

Como profesional registrado bajo el IAE 887, tienes varias obligaciones fiscales: (1) Presentar declaraciones trimestrales de IVA si estás acogido al régimen general, o anuales si estás en régimen simplificado. (2) Llevar un registro de ingresos y gastos para la declaración anual del IRPF. (3) Emitir facturas por tus servicios. (4) Cotizar a la Seguridad Social como autónomo. (5) Mantener una contabilidad clara y ordenada. (6) Cumplir con las obligaciones de retención de IRPF si realizas trabajos puntuales para empresas. El régimen simplificado del IVA puede ser especialmente beneficioso para pequeños esteticistas, ya que simplifica los trámites administrativos. Consulta con un asesor fiscal para optimizar tu situación tributaria específica.

¿Necesito formación específica para registrarme bajo el IAE 887?

No existe un requisito legal obligatorio de formación oficial para registrarse bajo el IAE 887, aunque es altamente recomendable contar con formación profesional en estética y cosmetología. Muchos profesionales poseen certificados de formación profesional de grado medio o superior en estética, o han realizado cursos especializados en maquillaje o tratamientos estéticos. Aunque la AEAT no solicita documentación de formación para el alta, algunos clientes (especialmente en eventos profesionales) pueden requerir certificados que acrediten tu experiencia. Además, es fundamental conocer sobre higiene, seguridad, productos cosméticos y técnicas de aplicación para ofrecer servicios de calidad y evitar problemas legales relacionados con alergias o daños a la piel de los clientes.

Conclusión

El código IAE 887 es la clasificación oficial para maquilladores y esteticistas en España, cubriendo todas las actividades de aplicación de cosméticos y tratamientos estéticos no invasivos. Su registro es obligatorio para ejercer legalmente y cumplir con las obligaciones fiscales ante la AEAT. Comprender las actividades incluidas, excluidas y los códigos relacionados es fundamental para una correcta clasificación administrativa. Si tienes dudas sobre si tu actividad específica corresponde al IAE 887 o a otro código, utiliza nuestro conversor IAE-CNAE para obtener información precisa y actualizada según tu situación particular.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Es obligatorio darse de alta en el IAE 887 si trabajo como maquilladora o esteticista?

Sí, es obligatorio. Según la normativa de la AEAT, cualquier persona que ejerza como autónoma o gestione una pequeña empresa debe darse de alta en el IAE correspondiente a su actividad principal. El código IAE 887 requiere registro obligatorio, lo que significa que no puedes ejercer legalmente sin completar este trámite ante la administración tributaria. El alta en el IAE es gratuita y se realiza a través del modelo 036 (para autónomos) o 037 (para sociedades) en la Agencia Tributaria. Incumplir esta obligación puede resultar en sanciones administrativas y fiscales. El proceso de alta se puede realizar de forma presencial en cualquier oficina de la AEAT o telemáticamente a través de su web oficial.

¿Qué diferencia hay entre maquillador y esteticista bajo el IAE 887?

Ambos profesionales se clasifican bajo el mismo código IAE 887, aunque realizan servicios diferentes. Un maquillador se especializa en la aplicación de productos cosméticos para mejorar o transformar la apariencia, frecuentemente para eventos especiales, sesiones fotográficas o uso diario. Una esteticista ofrece tratamientos más amplios que incluyen cuidado facial, corporal, depilación, masajes estéticos y otros procedimientos de belleza integral. Desde el punto de vista fiscal y administrativo, ambos profesionales utilizan el mismo código porque sus actividades se enmarcan dentro de los servicios estéticos no invasivos. Si tu actividad combina ambas especialidades, el IAE 887 cubre perfectamente ambas funciones sin necesidad de registros adicionales.

¿Puedo trabajar como esteticista desde casa o necesito un local comercial?

Puedes trabajar desde casa siempre que cumplas con la normativa municipal y de seguridad. Sin embargo, debes informar a la administración tributaria sobre tu domicilio de ejercicio. Algunos municipios requieren licencia de actividad para ejercer servicios estéticos incluso desde domicilio particular, por lo que es recomendable consultar con el ayuntamiento antes de comenzar. Desde el punto de vista fiscal, el IAE 887 no especifica que sea obligatorio tener un local comercial, pero sí debes estar registrado correctamente en el domicilio donde ejerces la actividad. Si trabajas desde casa, asegúrate de que tu vivienda cumple con las condiciones de seguridad e higiene necesarias para prestar servicios estéticos y que no viola las restricciones de uso del suelo establecidas por tu municipio.

¿Qué obligaciones fiscales tengo con el IAE 887?

Como profesional registrado bajo el IAE 887, tienes varias obligaciones fiscales principales: (1) Presentar declaraciones trimestrales de IVA si estás acogido al régimen general, o anuales si estás en régimen simplificado. (2) Llevar un registro de ingresos y gastos para la declaración anual del IRPF. (3) Emitir facturas por tus servicios. (4) Cotizar a la Seguridad Social como autónomo. (5) Mantener una contabilidad clara y ordenada. (6) Cumplir con las obligaciones de retención de IRPF si realizas trabajos puntuales para empresas. El régimen simplificado del IVA puede ser especialmente beneficioso para pequeños esteticistas, ya que simplifica los trámites administrativos. Consulta con un asesor fiscal para optimizar tu situación tributaria específica.

¿Necesito formación específica para registrarme bajo el IAE 887?

No existe un requisito legal obligatorio de formación oficial para registrarse bajo el IAE 887, aunque es altamente recomendable contar con formación profesional en estética y cosmetología. Muchos profesionales poseen certificados de formación profesional de grado medio o superior en estética, o han realizado cursos especializados en maquillaje o tratamientos estéticos. Aunque la AEAT no solicita documentación de formación para el alta, algunos clientes (especialmente en eventos profesionales) pueden requerir certificados que acrediten tu experiencia. Además, es fundamental conocer sobre higiene, seguridad, productos cosméticos y técnicas de aplicación para ofrecer servicios de calidad y evitar problemas legales relacionados con alergias o daños a la piel de los clientes.

Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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