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El código CNAE 01.11 corresponde a "Cultivo de cereales, distintos de arroz, leguminosas y oleaginosas". Es la clasificación oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE) para esta actividad económica. Necesario para modelo 037, Seguridad Social y trámites administrativos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Clasificación Nacional de Actividades Económicas |
| Organismo | Instituto Nacional de Estadística (INE) |
| Propósito | Clasificación estadística europea (NACE Rev. 2) |
| Uso principal | Estadísticas, Seguridad Social, subvenciones |
| Validez | CNAE 2025 (versión actualizada) |
Modelo 037
Declaración censal ante AEAT junto con IAE
Seguridad Social
Alta y cotización en el sistema de la Seguridad Social
Subvenciones
Identificar sectores elegibles para ayudas públicas
Estadísticas INE
Informes y encuestas del Instituto Nacional de Estadística
agricultura
A01.11
Esta clase comprende todos los tipos de cultivo de cereales, leguminosas y semillas oleaginosas. Incluye también el cultivo de estas plantas para la producción de semillas. El cultivo de estos productos suele combinarse dentro de cada unidad agraria. Esta clase comprende: - el cultivo de cereales, por ejemplo: • trigo • maíz en grano • sorgo • cebada • centeno • avena • mijo • pseudocereales, frutas o semillas - utilizados como cereales como: • quinoa • amaranto • chía - cultivo de leguminosas, por ejemplo: • alubias • habas • garbanzos • judía carilla • lentejas • altramuces • guisantes • guisante de Angola - cultivo de semillas oleaginosas, por ejemplo: • habas de soja • cacahuetes • semilla de ricino • semilla de linaza • semilla de mostaza • semilla de níger • colza • semilla de cártamo • semilla de sésamo • semilla de girasol
Esta clase no comprende: - el cultivo de arroz (véase 01.12) - el cultivo de maíz dulce (véase 01.13) - el cultivo de maíz, altramuces y coles, para forraje (véase 01.19) - el cultivo de frutos oleaginosos (véase 01.26)
clase
Instituto Nacional de Estadística (INE)
10/09/2025
Estos códigos CNAE están relacionados por categoría o actividad similar
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Cultivo de cereales, distintos de arroz, leguminosas y oleaginosas" (código CNAE 01.11) describe correctamente la actividad económica que desarrollas. Revisa la descripción detallada y las notas para asegurarte de que es la clasificación adecuada según el INE.
Consulta la sección "Códigos IAE asociados" en esta página. Deberás seleccionar también un epígrafe IAE de la Agencia Tributaria que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037.
Al darte de alta como autónomo ante Hacienda (AEAT), indica el código CNAE 01.11 en el apartado de actividad económica del modelo 037. Añade también el epígrafe IAE que hayas seleccionado de los asociados.
Para actividades alimentarias, solicita tu número RGSEAA (Registro General Sanitario) ante la Consejería de Sanidad de tu Comunidad Autónoma. Asegúrate de tener el sistema APPCC implementado, formación de manipuladores de alimentos actualizada, y las instalaciones preparadas para la inspección sanitaria previa.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El código CNAE 01.11 corresponde a "Cultivo de cereales, distintos de arroz, leguminosas y oleaginosas". Esta clasificación es establecida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para identificar actividades económicas de forma estandarizada. El CNAE 2025 es utilizado en España y la Unión Europea para fines estadísticos, administrativos y fiscales.
Sí, si tu actividad corresponde a "Cultivo de cereales, distintos de arroz, leguminosas y oleaginosas", necesitas incluir el código CNAE 01.11 en varios trámites: • Modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT) • Trámites con la Seguridad Social • Solicitud de subvenciones y ayudas • Documentación para el INE y organismos oficiales El código CNAE 2025 es obligatorio junto con el epígrafe IAE para clasificar correctamente tu actividad económica.
En la sección "Códigos IAE asociados" de esta página encontrarás todos los epígrafes IAE relacionados con el código CNAE 01.11. El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es el sistema de clasificación fiscal de la Agencia Tributaria, y necesitarás seleccionar el epígrafe que mejor se ajuste a tu actividad para completar el modelo 037.
Sí, el código CNAE 01.11 es válido para el año 2025. Nuestra base de datos incluye la clasificación CNAE 2025 actualizada del Instituto Nacional de Estadística (INE). Puedes utilizar este código con confianza en todos tus trámites con Hacienda (AEAT), INE, Seguridad Social y otras administraciones públicas durante 2025.
Para incluir el código CNAE 01.11 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria (AEAT) 2. En el apartado de actividad económica, indica el código 01.11 3. Describe tu actividad: "Cultivo de cereales, distintos de arroz, leguminosas y oleaginosas" 4. Añade también el epígrafe IAE correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda El código CNAE también lo necesitarás para trámites con la Seguridad Social y solicitudes de subvenciones.
Sí, la mayoría de actividades alimentarias requieren inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). **Actividades que requieren registro:** • Fabricación y envasado de alimentos • Almacenamiento y distribución alimentaria • Importación/exportación de alimentos • Elaboración de comidas preparadas **Excepción: Venta directa al consumidor final:** • Bares, restaurantes y cafeterías NO necesitan RGSEAA • Panaderías con venta directa: solo Registro Sanitario Autonómico • Pequeños productores locales: régimen simplificado **Proceso de registro:** 1. Solicitud ante la Consejería de Sanidad de tu CCAA 2. Inspección de las instalaciones 3. Obtención del número RGSEAA (10 dígitos) El RGSEAA es obligatorio antes de iniciar la actividad.
El carnet de manipulador de alimentos certifica que has recibido formación en higiene alimentaria. **¿Es obligatorio?** • Sí, para todos los trabajadores que manipulan alimentos • El empresario es responsable de la formación de sus empleados • No hay un "carnet oficial" único, vale cualquier formación acreditada **Contenido de la formación:** • Higiene personal y prácticas correctas • Contaminación cruzada y alérgenos • Temperaturas de conservación (cadena de frío) • Limpieza y desinfección • Sistema APPCC básico **Validez:** • No caduca legalmente, pero se recomienda renovar cada 4-5 años • Actualizaciones por cambios normativos (alérgenos, COVID, etc.) **Dónde obtenerlo:** • Cursos online homologados (válido) • Formación presencial en academias • Formación interna en la empresa (documentada)
APPCC significa Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico. Es un sistema preventivo de seguridad alimentaria. **¿Es obligatorio?** Sí, según el Reglamento (CE) 852/2004, todas las empresas alimentarias deben tener un sistema APPCC (excepto producción primaria). **Principios del APPCC:** 1. Análisis de peligros 2. Identificación de puntos críticos de control (PCC) 3. Establecer límites críticos 4. Vigilancia de los PCC 5. Acciones correctoras 6. Verificación 7. Documentación **Nivel de complejidad:** • Pequeños establecimientos: Guías de prácticas correctas de higiene • Medianas empresas: APPCC simplificado • Industrias alimentarias: APPCC completo con registros **Apoyo:** • Tu asociación sectorial tiene guías APPCC adaptadas • Consultoras de seguridad alimentaria • Consejería de Sanidad de tu CCAA
Los permisos dependen del tipo de venta y producto: **Venta directa en explotación (huerta, granja):** • Alta en REGEPA (Registro General de Explotaciones Agrarias) • Certificado de calidad diferenciada (si aplica: ecológico, D.O.) • Sin necesidad de RGSEAA para venta directa sin transformación **Venta en mercados locales:** • Autorización municipal para venta ambulante • Carnet de manipulador si vendes productos frescos • Balanza homologada y verificada **Venta a intermediarios/mayoristas:** • Cuaderno de explotación actualizado • Trazabilidad de los productos (lotes, fechas) • Contratos tipo con compradores **Productos transformados (mermeladas, conservas):** • RGSEAA obligatorio • Etiquetado conforme al Reglamento 1169/2011 • Sistema APPCC implementado Consulta con la Consejería de Agricultura de tu CCAA para tu caso específico.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el código CNAE 01.11
Clasificación Nacional de Actividades Económicas - Detalles del código 01.11
Modelo 037 - Declaración censal con código CNAE para autónomos y empresas
Trámites de afiliación y alta censal con código CNAE en el RETA
Clasificación europea de actividades económicas (base del CNAE 2025)
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Fábricas de alimentos, envasadoras y procesadoras necesitan su código CNAE y epígrafe IAE para el Registro Sanitario RGSEAA, controles oficiales y exportación de productos alimentarios.
Supermercados, fruterías, carnicerías y pescaderías deben declarar su epígrafe IAE para la licencia de apertura y cumplir los requisitos sanitarios de manipulación de alimentos.
Mayoristas y distribuidores de alimentos necesitan el CNAE correcto para autorizaciones de transporte de mercancías perecederas (ATP) y trazabilidad de la cadena alimentaria.
Agricultores y ganaderos que venden sus productos deben registrarse con el CNAE correspondiente para acceder a ayudas de la PAC, seguros agrarios y certificaciones de calidad.
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