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El código CNAE 08.1 corresponde a "Extracción de piedra, arena y arcilla". Es la clasificación oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE) para esta actividad económica. Necesario para modelo 037, Seguridad Social y trámites administrativos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Clasificación Nacional de Actividades Económicas |
| Organismo | Instituto Nacional de Estadística (INE) |
| Propósito | Clasificación estadística europea (NACE Rev. 2) |
| Uso principal | Estadísticas, Seguridad Social, subvenciones |
| Validez | CNAE 2025 (versión actualizada) |
Modelo 037
Declaración censal ante AEAT junto con IAE
Seguridad Social
Alta y cotización en el sistema de la Seguridad Social
Subvenciones
Identificar sectores elegibles para ayudas públicas
Estadísticas INE
Informes y encuestas del Instituto Nacional de Estadística
extracción
B08.1
grupo
Instituto Nacional de Estadística (INE)
10/09/2025
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Extracción de piedra, arena y arcilla" (código CNAE 08.1) describe correctamente la actividad económica que desarrollas. Revisa la descripción detallada y las notas para asegurarte de que es la clasificación adecuada según el INE.
Consulta la sección "Códigos IAE asociados" en esta página. Deberás seleccionar también un epígrafe IAE de la Agencia Tributaria que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037.
Al darte de alta como autónomo ante Hacienda (AEAT), indica el código CNAE 08.1 en el apartado de actividad económica del modelo 037. Añade también el epígrafe IAE que hayas seleccionado de los asociados.
Una vez completado el modelo 037 con tu epígrafe IAE y código CNAE, preséntalo ante Hacienda (online o presencialmente). Posteriormente, date de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Consulta si tu actividad requiere licencias adicionales en tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El código CNAE 08.1 corresponde a "Extracción de piedra, arena y arcilla". Esta clasificación es establecida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para identificar actividades económicas de forma estandarizada. El CNAE 2025 es utilizado en España y la Unión Europea para fines estadísticos, administrativos y fiscales.
Sí, si tu actividad corresponde a "Extracción de piedra, arena y arcilla", necesitas incluir el código CNAE 08.1 en varios trámites: • Modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT) • Trámites con la Seguridad Social • Solicitud de subvenciones y ayudas • Documentación para el INE y organismos oficiales El código CNAE 2025 es obligatorio junto con el epígrafe IAE para clasificar correctamente tu actividad económica.
En la sección "Códigos IAE asociados" de esta página encontrarás todos los epígrafes IAE relacionados con el código CNAE 08.1. El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es el sistema de clasificación fiscal de la Agencia Tributaria, y necesitarás seleccionar el epígrafe que mejor se ajuste a tu actividad para completar el modelo 037.
Sí, el código CNAE 08.1 es válido para el año 2025. Nuestra base de datos incluye la clasificación CNAE 2025 actualizada del Instituto Nacional de Estadística (INE). Puedes utilizar este código con confianza en todos tus trámites con Hacienda (AEAT), INE, Seguridad Social y otras administraciones públicas durante 2025.
Para incluir el código CNAE 08.1 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria (AEAT) 2. En el apartado de actividad económica, indica el código 08.1 3. Describe tu actividad: "Extracción de piedra, arena y arcilla" 4. Añade también el epígrafe IAE correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda El código CNAE también lo necesitarás para trámites con la Seguridad Social y solicitudes de subvenciones.
Para darte de alta como autónomo necesitas estos documentos: **En Hacienda (AEAT):** • DNI/NIE en vigor • Modelo 037 (o 036 para sociedades) • Indicar epígrafe IAE y código CNAE de tu actividad **En la Seguridad Social:** • Modelo TA.0521 de alta en el RETA • DNI/NIE • Copia del modelo 037 presentado en Hacienda **Documentación complementaria (según caso):** • Contrato de alquiler del local (si tienes) • Licencia de apertura municipal (si aplica) • Póliza de seguro de responsabilidad civil **Plazos:** • Alta en Hacienda: Antes de iniciar la actividad • Alta en Seguridad Social: Hasta 60 días antes de iniciar **Recomendación:** Primero date de alta en Hacienda (modelo 037) y después en la Seguridad Social (RETA). Puedes hacerlo todo en un mismo día.
La cuota de autónomos en 2025 depende de tu base de cotización: **Sistema de cotización por ingresos reales:** • Se cotiza según los rendimientos netos reales • Base mínima: 1.000€ → Cuota: ~300€/mes • Base máxima: 4.720,50€ → Cuota: ~1.440€/mes **Tarifa plana para nuevos autónomos:** • 80€/mes durante los primeros 12 meses • 80€/mes 12 meses más si ingresos < SMI • Requisito: No haber sido autónomo en los 2 años anteriores **Bonificaciones adicionales:** • Conciliación familiar: Bonificación del 100% durante 12 meses • Trabajadores con discapacidad: Reducciones específicas • Zonas poco pobladas: Bonificaciones autonómicas **Cuotas para rendimientos bajos:** • Si tus rendimientos son < SMI, cuota mínima reducida • Sistema progresivo según tramos de ingresos Consulta en www.seg-social.es la cuota exacta según tus rendimientos previstos.
Los autónomos tienen obligaciones fiscales trimestrales y anuales: **Impuestos trimestrales:** • Modelo 303 (IVA): Diferencia entre IVA repercutido y soportado • Modelo 130 (IRPF): Pago fraccionado del 20% sobre beneficios • Modelo 111 (Retenciones): Solo si tienes empleados o pagas a profesionales **Impuestos anuales:** • Modelo 390: Resumen anual de IVA • Modelo 100: Declaración de la renta (IRPF) • Modelo 347: Operaciones con terceros > 3.005,06€ **Particularidades:** • Si estás en módulos: Modelo 131 en lugar de 130 • Si facturas a empresas con retención: La retención reduce tu pago de IRPF • Exenciones de IVA: Algunas actividades están exentas (formación, sanidad, etc.) **Fechas de presentación:** • 1T: 1-20 abril • 2T: 1-20 julio • 3T: 1-20 octubre • 4T: 1-30 enero (año siguiente) Consulta con una gestoría para optimizar tu fiscalidad.
Los gastos deducibles deben estar relacionados con tu actividad: **Gastos directamente deducibles:** • Cuota de autónomos (RETA) • Alquiler del local de trabajo • Suministros (luz, agua, internet, teléfono) • Material y herramientas de trabajo • Seguros profesionales • Gastos de gestoría y asesoría **Gastos parcialmente deducibles:** • Vivienda como oficina: Proporción de uso profesional (máx. 30%) • Vehículo: 50% si uso mixto, 100% si uso exclusivo profesional • Móvil: Proporción de uso profesional **Gastos con límites:** • Dietas y manutención: 26,67€/día nacional, 48,08€/día internacional • Gastos de representación: Deben estar justificados **Gastos NO deducibles:** • Gastos personales o familiares • Multas y sanciones • Ropa que no sea uniformes o equipamiento profesional **Requisitos:** • Factura a nombre del autónomo (NIF) • Relación directa con la actividad • Registro en libro de gastos Conserva todas las facturas durante 4 años como mínimo.
Depende de tu actividad, pero es muy recomendable: **Profesiones con seguro OBLIGATORIO:** • Profesiones sanitarias (médicos, enfermeros, fisioterapeutas) • Profesiones técnicas (arquitectos, ingenieros) • Agentes y corredores de seguros • Abogados y procuradores • Constructoras (obligatorio por convenio) **Actividades donde es MUY RECOMENDABLE:** • Cualquier actividad con contacto con público • Servicios a domicilio • Actividades con riesgo de causar daños materiales • Profesionales que asesoran o toman decisiones para terceros **Coberturas habituales:** • Daños a terceros (personas y bienes) • Defensa jurídica • Responsabilidad profesional (errores y omisiones) • Responsabilidad de productos (si fabricas o vendes) **Coste orientativo:** • Autónomos sin empleados: 150-400€/año • Empresas pequeñas: 400-1.000€/año • Coberturas de 300.000€ a 600.000€ son habituales Consulta con una correduría de seguros para coberturas específicas de tu epígrafe IAE.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el código CNAE 08.1
Clasificación Nacional de Actividades Económicas - Detalles del código 08.1
Modelo 037 - Declaración censal con código CNAE para autónomos y empresas
Trámites de afiliación y alta censal con código CNAE en el RETA
Clasificación europea de actividades económicas (base del CNAE 2025)
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Si vas a iniciar una actividad económica por cuenta propia, necesitas declarar tu epígrafe IAE en el modelo 037 de Hacienda y darte de alta en el RETA de la Seguridad Social.
Empresas y sociedades que desarrollan actividades económicas deben declarar su código CNAE y epígrafe IAE al inscribirse en el Registro Mercantil y ante Hacienda.
El epígrafe IAE y código CNAE son necesarios para múltiples trámites: licencias municipales, solicitud de subvenciones, contratos públicos y declaraciones fiscales.
Gestorías y asesorías utilizan los códigos IAE y CNAE para clasificar correctamente las actividades de sus clientes en declaraciones fiscales y trámites con la administración.
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