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El código CNAE 68.20 corresponde a "Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia". Es la clasificación oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE) para esta actividad económica. Necesario para modelo 037, Seguridad Social y trámites administrativos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Clasificación Nacional de Actividades Económicas |
| Organismo | Instituto Nacional de Estadística (INE) |
| Propósito | Clasificación estadística europea (NACE Rev. 2) |
| Uso principal | Estadísticas, Seguridad Social, subvenciones |
| Validez | CNAE 2025 (versión actualizada) |
Modelo 037
Declaración censal ante AEAT junto con IAE
Seguridad Social
Alta y cotización en el sistema de la Seguridad Social
Subvenciones
Identificar sectores elegibles para ayudas públicas
Estadísticas INE
Informes y encuestas del Instituto Nacional de Estadística
inmobiliaria
M68.20
Esta clase comprende: - el alquiler y la explotación de bienes inmobiliarios propios o arrendados: • edificios destinados a vivienda (pisos y casas) • edificios no residenciales, incluidos edificios de oficinas, edificios industriales, almacenes, hoteles y otros edificios para el ocio, salas de exposiciones, instalaciones para almacén propio, establecimientos/tiendas de venta al por menor y centros comerciales • centros de datos • terrenos, incluidos los terrenos agrícolas y forestales - la provisión de casas y apartamentos amueblados o sin amueblar, de uso más permanente, normalmente por años o períodos más amplios - la explotación de aparcamientos de autocaravanas como primera residencia - la promoción inmobiliaria de edificios para explotación propia, por ejemplo, para alquilar el espacio de estos edificios Esta clase comprende también: - el alquiler de tejados, por ejemplo, para instalaciones de energía solar - el alquiler de plantas industriales y fábricas, incluida maquinaria y equipamiento - la provisión de espacio únicamente para el alojamiento de animal
Esta clase no comprende: - la explotación de hoteles, apartoteles, hostales y pensiones, campings, aparcamientos de autocaravanas y otros establecimientos no residenciales o alojamientos para estancias cortas (incluidos los alojamientos para estudiantes), ofrecidos para períodos inferiores a un año (véase la división 55) - la promoción inmobiliaria de edificios residenciales y no residenciales, con vistas a su posterior venta (véase 68.12) - el alquiler de maquinaria (véase 77.3) - las actividades de prestación de asistencia en establecimientos residenciales para personas mayores o personas con una discapacidad física, incluidas la supervisión y asistencia en tareas de la vida diaria (véanse 87.31 y 87.32)
clase
Instituto Nacional de Estadística (INE)
10/09/2025
Estos códigos CNAE están relacionados por categoría o actividad similar
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia" (código CNAE 68.20) describe correctamente la actividad económica que desarrollas. Revisa la descripción detallada y las notas para asegurarte de que es la clasificación adecuada según el INE.
Consulta la sección "Códigos IAE asociados" en esta página. Deberás seleccionar también un epígrafe IAE de la Agencia Tributaria que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037.
Al darte de alta como autónomo ante Hacienda (AEAT), indica el código CNAE 68.20 en el apartado de actividad económica del modelo 037. Añade también el epígrafe IAE que hayas seleccionado de los asociados.
Para trabajar en obras de construcción, inscríbete en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) de tu Comunidad Autónoma. Obtén la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) tras completar la formación PRL obligatoria. Contrata los seguros de responsabilidad civil y accidentes exigidos por el Convenio de Construcción.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El código CNAE 68.20 corresponde a "Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia". Esta clasificación es establecida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para identificar actividades económicas de forma estandarizada. El CNAE 2025 es utilizado en España y la Unión Europea para fines estadísticos, administrativos y fiscales.
Sí, si tu actividad corresponde a "Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia", necesitas incluir el código CNAE 68.20 en varios trámites: • Modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT) • Trámites con la Seguridad Social • Solicitud de subvenciones y ayudas • Documentación para el INE y organismos oficiales El código CNAE 2025 es obligatorio junto con el epígrafe IAE para clasificar correctamente tu actividad económica.
En la sección "Códigos IAE asociados" de esta página encontrarás todos los epígrafes IAE relacionados con el código CNAE 68.20. El IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es el sistema de clasificación fiscal de la Agencia Tributaria, y necesitarás seleccionar el epígrafe que mejor se ajuste a tu actividad para completar el modelo 037.
Sí, el código CNAE 68.20 es válido para el año 2025. Nuestra base de datos incluye la clasificación CNAE 2025 actualizada del Instituto Nacional de Estadística (INE). Puedes utilizar este código con confianza en todos tus trámites con Hacienda (AEAT), INE, Seguridad Social y otras administraciones públicas durante 2025.
Para incluir el código CNAE 68.20 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria (AEAT) 2. En el apartado de actividad económica, indica el código 68.20 3. Describe tu actividad: "Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia" 4. Añade también el epígrafe IAE correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda El código CNAE también lo necesitarás para trámites con la Seguridad Social y solicitudes de subvenciones.
El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es obligatorio si trabajas como subcontratista en obras de construcción. **Cuándo es obligatorio:** • Empresas subcontratistas en obras de construcción • Empresas que contratan con promotores o contratistas principales • Trabajadores autónomos que subcontratan en obras **Cuándo NO es obligatorio:** • Trabajos de mantenimiento y reparación doméstica • Obras menores sin licencia de obra mayor • Fabricantes e industriales que no ejecutan en obra **Requisitos para inscripción:** • Alta en el epígrafe IAE de construcción correspondiente • Formación en prevención de riesgos laborales (PRL) • Porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos (30% o 10% según antigüedad) • Organización preventiva constituida **Dónde inscribirse:** • Autoridad Laboral de tu Comunidad Autónoma • Validez: Indefinida (pero renovar cada 3 años)
En construcción existen varios seguros obligatorios según tu actividad: **Seguro de Responsabilidad Civil (RC):** • Obligatorio para contratistas principales • Recomendado para autónomos y subcontratistas • Cobertura mínima habitual: 300.000€ - 600.000€ **Seguro Decenal (LOE):** • Obligatorio para viviendas de nueva construcción • Cubre daños estructurales durante 10 años • Lo contrata el promotor (pero afecta a todos los agentes) **Seguro de Accidentes de Convenio:** • Obligatorio para todos los trabajadores del sector • Según Convenio General del Sector de la Construcción **Garantías adicionales:** • Fianza en contratos públicos • Aval bancario para obras de rehabilitación • RC profesional para arquitectos e ingenieros Consulta con una correduría especializada en construcción para coberturas específicas de tu epígrafe IAE.
La formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es obligatoria según el Convenio General de Construcción: **Formación inicial obligatoria:** • 8 horas de aula + prácticas • Válida para acceder a cualquier obra de construcción • Conocida como "Tarjeta Profesional de la Construcción" (TPC) **Formación por puesto de trabajo (20h):** • Albañilería, encofrado, ferrallado • Electricidad, fontanería, pintura • Operadores de maquinaria • Personal directivo (60h) **Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC):** • Expedida por la Fundación Laboral de la Construcción • Acredita la formación recibida • Obligatoria para entrar en obras **Renovación:** • La formación tiene validez permanente • Se recomienda reciclaje cada 4 años • Formación específica según nuevos riesgos Sin la TPC, no puedes trabajar legalmente en obras de construcción.
Las licencias dependen del tipo de obra: **Obra Mayor (requiere licencia de obras):** • Nueva construcción o ampliación • Reforma estructural • Cambio de uso del edificio • Obras que afecten a fachadas o elementos comunes **Obra Menor (comunicación previa o declaración responsable):** • Reformas interiores sin afectar estructura • Cambio de instalaciones • Pintura, solados, alicatados • Pequeñas reparaciones **Documentación habitual:** • Proyecto técnico visado (obra mayor) • Presupuesto de ejecución material • Designación de dirección facultativa • Nombramiento de coordinador de seguridad (si aplica) • Estudio o estudio básico de seguridad **Tasas:** • ICIO (Impuesto sobre Construcciones): 2-4% del presupuesto • Tasa de licencia urbanística • Fianza de gestión de residuos Consulta en tu Ayuntamiento la ordenanza urbanística vigente.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el código CNAE 68.20
Clasificación Nacional de Actividades Económicas - Detalles del código 68.20
Modelo 037 - Declaración censal con código CNAE para autónomos y empresas
Trámites de afiliación y alta censal con código CNAE en el RETA
Clasificación europea de actividades económicas (base del CNAE 2025)
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Contratistas y constructoras que ejecutan obras mayores necesitan su epígrafe IAE de construcción para inscribirse en el REA, licitar en concursos públicos y obtener certificaciones de calidad.
Albañiles, fontaneros, electricistas y pintores autónomos deben declarar su epígrafe IAE específico para trabajar legalmente en obras y acceder a la formación PRL obligatoria.
Empresas promotoras de viviendas necesitan el código CNAE de promoción inmobiliaria para contratar el seguro decenal, registrar la división horizontal y vender las viviendas.
Empresas de reformas integrales y rehabilitación utilizan su código IAE para obtener licencias de obra, presupuestar trabajos y acceder a ayudas de eficiencia energética Next Generation.
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