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El epígrafe IAE 644.1 identifica "Comercio menor pan, pasteles, confitería, lácteos". Es el código fiscal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica. Obligatorio en el modelo 037 de alta de autónomos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) |
| Organismo | Agencia Tributaria (AEAT / Hacienda) |
| Propósito | Clasificación fiscal y tributaria |
| Uso principal | Modelo 037, licencias, impuestos municipales |
| Validez | Vigente 2025 |
Alta de autónomos
Obligatorio en modelo 037 ante Hacienda
Licencias municipales
Permisos de apertura y actividad
Seguridad Social
Afiliación al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Trámites bancarios
Apertura de cuentas empresariales
Alimentación
A644.1
Faculta para: El comercio al por menor de todo tipo de pan y panes especiales; de productos de pastelería, confitería, bollería y repostería; de obleas y barquillos, caramelos, dulces, turrones, hojaldres, pastas, conservas en dulce, galletas, cacao y chocolate y sus derivados y sucedáneos; de leche, productos lácteos y miel; helados, fiambres, conservas de todas clases; salsas de carnes o pescados, frutas en almíbar, en mermelada o en pasta; infusiones, café y solubles; bebidas embotelladas y con marca; quesos, embutidos y emparedados. La fabricación de pan de todas clases y productos de pastelería, bollería, confitería y helados, en el propio establecimiento, siempre que su comercialización se realice en las propias dependencias de venta. Degustar los productos en el propio establecimiento acompañados de bebidas refrescantes y solubles.
Comercializar los artículos en envases de bisutería fina, porcelana o fantasía, así como en otro tipo de envases tales como muñecos de plástico o trapo.
Venta de pan en establecimiento. Venta de café al por menor en bares y restaurantes. Venta de turrones y helados.
Degustación de bebidas vinos y cavas. Catador de vinos.
Reparto a domicilio de los productos comercializados mediante una furgoneta. Fabricación de pan y venta en locales separados. Degustación de los productos que venda en el propio establecimiento o local de venta acompañados de bebidas alcohólicas.
Venta de jalea real. Venta de pan con sala de degustación. Venta de vasos predosificados, con ingredientes incorporados, para la obtención de sopas, infusiones, refrescos y similares.
Degustación de los productos objeto de venta en el propio establecimiento acompañados de bebidas refrescantes y solubles. Venta de productos de su fabricación en las propias dependencias. Venta de café en grano, azúcar e infusiones a restaurantes, bares y cafeterías.
Sí
epígrafe
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
15/09/2025
Estos códigos IAE están relacionados por categoría o actividad similar
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Comercio menor pan, pasteles, confitería, lácteos" (epígrafe IAE 644.1) corresponde exactamente a la actividad económica que vas a desarrollar. Lee la descripción completa y las actividades incluidas para asegurarte de que es el código correcto.
Revisa la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" en esta página. Necesitarás seleccionar también un código CNAE del INE que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037 y otros trámites administrativos.
Al darte de alta como autónomo ante la Agencia Tributaria (AEAT), incluye el epígrafe IAE 644.1 en el apartado de actividades económicas del modelo 037. Indica también el código CNAE correspondiente que hayas seleccionado.
Para actividades alimentarias, solicita tu número RGSEAA (Registro General Sanitario) ante la Consejería de Sanidad de tu Comunidad Autónoma. Asegúrate de tener el sistema APPCC implementado, formación de manipuladores de alimentos actualizada, y las instalaciones preparadas para la inspección sanitaria previa.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El epígrafe IAE 644.1 corresponde a "Comercio menor pan, pasteles, confitería, lácteos". Este código es utilizado por la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica a efectos fiscales. Si realizas esta actividad como autónomo o empresa, deberás declarar este epígrafe en el modelo 037 al darte de alta en Hacienda.
Sí, si tu actividad económica corresponde a "Comercio menor pan, pasteles, confitería, lácteos", necesitas incluir el epígrafe IAE 644.1 en el modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT). Este código identifica fiscalmente tu actividad y es obligatorio para: • Completar el modelo 037 correctamente • Cumplir con tus obligaciones tributarias • Realizar trámites con la Seguridad Social
En la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" de esta página encontrarás todos los códigos CNAE relacionados con el epígrafe IAE 644.1. La CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del INE, y necesitarás también uno de estos códigos para completar tus trámites administrativos y estadísticos.
Sí, puedes tener varios epígrafes IAE si desarrollas diferentes actividades económicas. Cada actividad debe clasificarse con su epígrafe correspondiente. Si tu negocio incluye actividades adicionales a "Comercio menor pan, pasteles, confitería, lácteos", deberás declarar también los epígrafes IAE que correspondan a esas otras actividades en el modelo 037.
Para incluir el epígrafe IAE 644.1 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria 2. En el apartado de actividades económicas, indica el código 644.1 3. Describe tu actividad: "Comercio menor pan, pasteles, confitería, lácteos" 4. Añade también el código CNAE 2025 correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda (presencial u online) Puedes consultar con una gestoría o asesoría fiscal si necesitas ayuda con el proceso.
Sí, la mayoría de actividades alimentarias requieren inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA). **Actividades que requieren registro:** • Fabricación y envasado de alimentos • Almacenamiento y distribución alimentaria • Importación/exportación de alimentos • Elaboración de comidas preparadas **Excepción: Venta directa al consumidor final:** • Bares, restaurantes y cafeterías NO necesitan RGSEAA • Panaderías con venta directa: solo Registro Sanitario Autonómico • Pequeños productores locales: régimen simplificado **Proceso de registro:** 1. Solicitud ante la Consejería de Sanidad de tu CCAA 2. Inspección de las instalaciones 3. Obtención del número RGSEAA (10 dígitos) El RGSEAA es obligatorio antes de iniciar la actividad.
El carnet de manipulador de alimentos certifica que has recibido formación en higiene alimentaria. **¿Es obligatorio?** • Sí, para todos los trabajadores que manipulan alimentos • El empresario es responsable de la formación de sus empleados • No hay un "carnet oficial" único, vale cualquier formación acreditada **Contenido de la formación:** • Higiene personal y prácticas correctas • Contaminación cruzada y alérgenos • Temperaturas de conservación (cadena de frío) • Limpieza y desinfección • Sistema APPCC básico **Validez:** • No caduca legalmente, pero se recomienda renovar cada 4-5 años • Actualizaciones por cambios normativos (alérgenos, COVID, etc.) **Dónde obtenerlo:** • Cursos online homologados (válido) • Formación presencial en academias • Formación interna en la empresa (documentada)
APPCC significa Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico. Es un sistema preventivo de seguridad alimentaria. **¿Es obligatorio?** Sí, según el Reglamento (CE) 852/2004, todas las empresas alimentarias deben tener un sistema APPCC (excepto producción primaria). **Principios del APPCC:** 1. Análisis de peligros 2. Identificación de puntos críticos de control (PCC) 3. Establecer límites críticos 4. Vigilancia de los PCC 5. Acciones correctoras 6. Verificación 7. Documentación **Nivel de complejidad:** • Pequeños establecimientos: Guías de prácticas correctas de higiene • Medianas empresas: APPCC simplificado • Industrias alimentarias: APPCC completo con registros **Apoyo:** • Tu asociación sectorial tiene guías APPCC adaptadas • Consultoras de seguridad alimentaria • Consejería de Sanidad de tu CCAA
Los permisos dependen del tipo de venta y producto: **Venta directa en explotación (huerta, granja):** • Alta en REGEPA (Registro General de Explotaciones Agrarias) • Certificado de calidad diferenciada (si aplica: ecológico, D.O.) • Sin necesidad de RGSEAA para venta directa sin transformación **Venta en mercados locales:** • Autorización municipal para venta ambulante • Carnet de manipulador si vendes productos frescos • Balanza homologada y verificada **Venta a intermediarios/mayoristas:** • Cuaderno de explotación actualizado • Trazabilidad de los productos (lotes, fechas) • Contratos tipo con compradores **Productos transformados (mermeladas, conservas):** • RGSEAA obligatorio • Etiquetado conforme al Reglamento 1169/2011 • Sistema APPCC implementado Consulta con la Consejería de Agricultura de tu CCAA para tu caso específico.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el epígrafe IAE 644.1
Trámites oficiales del modelo 037, alta de autónomos y gestión de epígrafes IAE
Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley Reguladora de las Haciendas Locales)
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - Alta censal y cotizaciones
Códigos CNAE asociados al epígrafe IAE 644.1 - Instituto Nacional de Estadística
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Fábricas de alimentos, envasadoras y procesadoras necesitan su código CNAE y epígrafe IAE para el Registro Sanitario RGSEAA, controles oficiales y exportación de productos alimentarios.
Supermercados, fruterías, carnicerías y pescaderías deben declarar su epígrafe IAE para la licencia de apertura y cumplir los requisitos sanitarios de manipulación de alimentos.
Mayoristas y distribuidores de alimentos necesitan el CNAE correcto para autorizaciones de transporte de mercancías perecederas (ATP) y trazabilidad de la cadena alimentaria.
Agricultores y ganaderos que venden sus productos deben registrarse con el CNAE correspondiente para acceder a ayudas de la PAC, seguros agrarios y certificaciones de calidad.
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