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El epígrafe IAE 834 identifica "Servicios propiedad inmobiliaria e industria". Es el código fiscal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica. Obligatorio en el modelo 037 de alta de autónomos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) |
| Organismo | Agencia Tributaria (AEAT / Hacienda) |
| Propósito | Clasificación fiscal y tributaria |
| Uso principal | Modelo 037, licencias, impuestos municipales |
| Validez | Vigente 2025 |
Alta de autónomos
Obligatorio en modelo 037 ante Hacienda
Licencias municipales
Permisos de apertura y actividad
Seguridad Social
Afiliación al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Trámites bancarios
Apertura de cuentas empresariales
Inmobiliaria
A834
Comprende a intermediarios en la compra, venta o arrendamiento de terrenos, así como en la compra, venta, construcción o arrendamiento de inmuebles o partes de inmuebles, no asumiendo riesgos propios y operando por cuenta de terceros. Se clasifican aquí, entre otros, los servicios relativos a la propiedad inmobiliaria, incluyendo la tasación de inmuebles, a la propiedad industrial, las agencias de arrendamiento de fincas, los servicios relacionados con los administradores de fincas, etc. , siempre que no deban clasificarse en la sección 2.
ª de estas tarifas.
Ordenación de bienes inmuebles para poner a disposición de particulares espacios para facilitar relaciones interpersonales. Servicio de intermediación inmobiliaria cuando se realice con carácter empresarial. Asesores inmobiliarios y administrador de fincas cuando realizan la actividad con carácter empresarial.
Administrador de bienes si se realiza con carácter empresarial. Entidad urbanística colaboradora por los servicios de administración de una urbanización. Servicios de intermediación de productos inmobiliarios por medio de portal inmobiliario mediante el que se publicitan para su posterior venta o alquiler.
Prestación de servicios a terceros de compra y venta de activos tales como pisos o locales realizados por intermediarios inmobiliarios. Captar clientes propietarios de viviendas con fines vacacionales y gestionarles el alquiler de las mismas a través de plataformas digitales. Actividades de intermediación donde el sujeto pasivo no asume los riesgos de la operación y no actúa por cuenta propia sino de terceros.
Servicio de tasación de inmuebles. Actividades realizadas por los intermediarios o asesores inmobiliarios o por los Administradores de fincas cuando tengan carácter empresarial. Intermediación en venta de nichos, tumbas, panteones.
Intermediarios en la compra venta o arrendamiento de terrenos, de inmuebles o partes de inmuebles, no asumiendo riesgos propios y operando por cuenta de terceros siempre que se realice con carácter empresarial.
Sí
grupo
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
15/09/2025
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Servicios propiedad inmobiliaria e industria" (epígrafe IAE 834) corresponde exactamente a la actividad económica que vas a desarrollar. Lee la descripción completa y las actividades incluidas para asegurarte de que es el código correcto.
Revisa la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" en esta página. Necesitarás seleccionar también un código CNAE del INE que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037 y otros trámites administrativos.
Al darte de alta como autónomo ante la Agencia Tributaria (AEAT), incluye el epígrafe IAE 834 en el apartado de actividades económicas del modelo 037. Indica también el código CNAE correspondiente que hayas seleccionado.
Para trabajar en obras de construcción, inscríbete en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) de tu Comunidad Autónoma. Obtén la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) tras completar la formación PRL obligatoria. Contrata los seguros de responsabilidad civil y accidentes exigidos por el Convenio de Construcción.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El epígrafe IAE 834 corresponde a "Servicios propiedad inmobiliaria e industria". Este código es utilizado por la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica a efectos fiscales. Si realizas esta actividad como autónomo o empresa, deberás declarar este epígrafe en el modelo 037 al darte de alta en Hacienda.
Sí, si tu actividad económica corresponde a "Servicios propiedad inmobiliaria e industria", necesitas incluir el epígrafe IAE 834 en el modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT). Este código identifica fiscalmente tu actividad y es obligatorio para: • Completar el modelo 037 correctamente • Cumplir con tus obligaciones tributarias • Realizar trámites con la Seguridad Social
En la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" de esta página encontrarás todos los códigos CNAE relacionados con el epígrafe IAE 834. La CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del INE, y necesitarás también uno de estos códigos para completar tus trámites administrativos y estadísticos.
Sí, puedes tener varios epígrafes IAE si desarrollas diferentes actividades económicas. Cada actividad debe clasificarse con su epígrafe correspondiente. Si tu negocio incluye actividades adicionales a "Servicios propiedad inmobiliaria e industria", deberás declarar también los epígrafes IAE que correspondan a esas otras actividades en el modelo 037.
Para incluir el epígrafe IAE 834 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria 2. En el apartado de actividades económicas, indica el código 834 3. Describe tu actividad: "Servicios propiedad inmobiliaria e industria" 4. Añade también el código CNAE 2025 correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda (presencial u online) Puedes consultar con una gestoría o asesoría fiscal si necesitas ayuda con el proceso.
El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es obligatorio si trabajas como subcontratista en obras de construcción. **Cuándo es obligatorio:** • Empresas subcontratistas en obras de construcción • Empresas que contratan con promotores o contratistas principales • Trabajadores autónomos que subcontratan en obras **Cuándo NO es obligatorio:** • Trabajos de mantenimiento y reparación doméstica • Obras menores sin licencia de obra mayor • Fabricantes e industriales que no ejecutan en obra **Requisitos para inscripción:** • Alta en el epígrafe IAE de construcción correspondiente • Formación en prevención de riesgos laborales (PRL) • Porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos (30% o 10% según antigüedad) • Organización preventiva constituida **Dónde inscribirse:** • Autoridad Laboral de tu Comunidad Autónoma • Validez: Indefinida (pero renovar cada 3 años)
En construcción existen varios seguros obligatorios según tu actividad: **Seguro de Responsabilidad Civil (RC):** • Obligatorio para contratistas principales • Recomendado para autónomos y subcontratistas • Cobertura mínima habitual: 300.000€ - 600.000€ **Seguro Decenal (LOE):** • Obligatorio para viviendas de nueva construcción • Cubre daños estructurales durante 10 años • Lo contrata el promotor (pero afecta a todos los agentes) **Seguro de Accidentes de Convenio:** • Obligatorio para todos los trabajadores del sector • Según Convenio General del Sector de la Construcción **Garantías adicionales:** • Fianza en contratos públicos • Aval bancario para obras de rehabilitación • RC profesional para arquitectos e ingenieros Consulta con una correduría especializada en construcción para coberturas específicas de tu epígrafe IAE.
La formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es obligatoria según el Convenio General de Construcción: **Formación inicial obligatoria:** • 8 horas de aula + prácticas • Válida para acceder a cualquier obra de construcción • Conocida como "Tarjeta Profesional de la Construcción" (TPC) **Formación por puesto de trabajo (20h):** • Albañilería, encofrado, ferrallado • Electricidad, fontanería, pintura • Operadores de maquinaria • Personal directivo (60h) **Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC):** • Expedida por la Fundación Laboral de la Construcción • Acredita la formación recibida • Obligatoria para entrar en obras **Renovación:** • La formación tiene validez permanente • Se recomienda reciclaje cada 4 años • Formación específica según nuevos riesgos Sin la TPC, no puedes trabajar legalmente en obras de construcción.
Las licencias dependen del tipo de obra: **Obra Mayor (requiere licencia de obras):** • Nueva construcción o ampliación • Reforma estructural • Cambio de uso del edificio • Obras que afecten a fachadas o elementos comunes **Obra Menor (comunicación previa o declaración responsable):** • Reformas interiores sin afectar estructura • Cambio de instalaciones • Pintura, solados, alicatados • Pequeñas reparaciones **Documentación habitual:** • Proyecto técnico visado (obra mayor) • Presupuesto de ejecución material • Designación de dirección facultativa • Nombramiento de coordinador de seguridad (si aplica) • Estudio o estudio básico de seguridad **Tasas:** • ICIO (Impuesto sobre Construcciones): 2-4% del presupuesto • Tasa de licencia urbanística • Fianza de gestión de residuos Consulta en tu Ayuntamiento la ordenanza urbanística vigente.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el epígrafe IAE 834
Trámites oficiales del modelo 037, alta de autónomos y gestión de epígrafes IAE
Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley Reguladora de las Haciendas Locales)
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - Alta censal y cotizaciones
Códigos CNAE asociados al epígrafe IAE 834 - Instituto Nacional de Estadística
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Contratistas y constructoras que ejecutan obras mayores necesitan su epígrafe IAE de construcción para inscribirse en el REA, licitar en concursos públicos y obtener certificaciones de calidad.
Albañiles, fontaneros, electricistas y pintores autónomos deben declarar su epígrafe IAE específico para trabajar legalmente en obras y acceder a la formación PRL obligatoria.
Empresas promotoras de viviendas necesitan el código CNAE de promoción inmobiliaria para contratar el seguro decenal, registrar la división horizontal y vender las viviendas.
Empresas de reformas integrales y rehabilitación utilizan su código IAE para obtener licencias de obra, presupuestar trabajos y acceder a ayudas de eficiencia energética Next Generation.
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