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El epígrafe IAE 971.3 identifica "Zurcido y reparación de ropas". Es el código fiscal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica. Obligatorio en el modelo 037 de alta de autónomos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) |
| Organismo | Agencia Tributaria (AEAT / Hacienda) |
| Propósito | Clasificación fiscal y tributaria |
| Uso principal | Modelo 037, licencias, impuestos municipales |
| Validez | Vigente 2025 |
Alta de autónomos
Obligatorio en modelo 037 ante Hacienda
Licencias municipales
Permisos de apertura y actividad
Seguridad Social
Afiliación al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Trámites bancarios
Apertura de cuentas empresariales
Lavandería
A971.3
Zurcido y reparación de ropas, realizando reparaciones y ajustes en prendas de vestir para su restauración y prolongación de vida útil.
Sí
epígrafe
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
15/09/2025
Estos códigos IAE están relacionados por categoría o actividad similar
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Zurcido y reparación de ropas" (epígrafe IAE 971.3) corresponde exactamente a la actividad económica que vas a desarrollar. Lee la descripción completa y las actividades incluidas para asegurarte de que es el código correcto.
Revisa la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" en esta página. Necesitarás seleccionar también un código CNAE del INE que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037 y otros trámites administrativos.
Al darte de alta como autónomo ante la Agencia Tributaria (AEAT), incluye el epígrafe IAE 971.3 en el apartado de actividades económicas del modelo 037. Indica también el código CNAE correspondiente que hayas seleccionado.
Una vez completado el modelo 037 con tu epígrafe IAE y código CNAE, preséntalo ante Hacienda (online o presencialmente). Posteriormente, date de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Consulta si tu actividad requiere licencias adicionales en tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El epígrafe IAE 971.3 corresponde a "Zurcido y reparación de ropas". Este código es utilizado por la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica a efectos fiscales. Si realizas esta actividad como autónomo o empresa, deberás declarar este epígrafe en el modelo 037 al darte de alta en Hacienda.
Sí, si tu actividad económica corresponde a "Zurcido y reparación de ropas", necesitas incluir el epígrafe IAE 971.3 en el modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT). Este código identifica fiscalmente tu actividad y es obligatorio para: • Completar el modelo 037 correctamente • Cumplir con tus obligaciones tributarias • Realizar trámites con la Seguridad Social
En la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" de esta página encontrarás todos los códigos CNAE relacionados con el epígrafe IAE 971.3. La CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del INE, y necesitarás también uno de estos códigos para completar tus trámites administrativos y estadísticos.
Sí, puedes tener varios epígrafes IAE si desarrollas diferentes actividades económicas. Cada actividad debe clasificarse con su epígrafe correspondiente. Si tu negocio incluye actividades adicionales a "Zurcido y reparación de ropas", deberás declarar también los epígrafes IAE que correspondan a esas otras actividades en el modelo 037.
Para incluir el epígrafe IAE 971.3 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria 2. En el apartado de actividades económicas, indica el código 971.3 3. Describe tu actividad: "Zurcido y reparación de ropas" 4. Añade también el código CNAE 2025 correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda (presencial u online) Puedes consultar con una gestoría o asesoría fiscal si necesitas ayuda con el proceso.
Para darte de alta como autónomo necesitas estos documentos: **En Hacienda (AEAT):** • DNI/NIE en vigor • Modelo 037 (o 036 para sociedades) • Indicar epígrafe IAE y código CNAE de tu actividad **En la Seguridad Social:** • Modelo TA.0521 de alta en el RETA • DNI/NIE • Copia del modelo 037 presentado en Hacienda **Documentación complementaria (según caso):** • Contrato de alquiler del local (si tienes) • Licencia de apertura municipal (si aplica) • Póliza de seguro de responsabilidad civil **Plazos:** • Alta en Hacienda: Antes de iniciar la actividad • Alta en Seguridad Social: Hasta 60 días antes de iniciar **Recomendación:** Primero date de alta en Hacienda (modelo 037) y después en la Seguridad Social (RETA). Puedes hacerlo todo en un mismo día.
La cuota de autónomos en 2025 depende de tu base de cotización: **Sistema de cotización por ingresos reales:** • Se cotiza según los rendimientos netos reales • Base mínima: 1.000€ → Cuota: ~300€/mes • Base máxima: 4.720,50€ → Cuota: ~1.440€/mes **Tarifa plana para nuevos autónomos:** • 80€/mes durante los primeros 12 meses • 80€/mes 12 meses más si ingresos < SMI • Requisito: No haber sido autónomo en los 2 años anteriores **Bonificaciones adicionales:** • Conciliación familiar: Bonificación del 100% durante 12 meses • Trabajadores con discapacidad: Reducciones específicas • Zonas poco pobladas: Bonificaciones autonómicas **Cuotas para rendimientos bajos:** • Si tus rendimientos son < SMI, cuota mínima reducida • Sistema progresivo según tramos de ingresos Consulta en www.seg-social.es la cuota exacta según tus rendimientos previstos.
Los autónomos tienen obligaciones fiscales trimestrales y anuales: **Impuestos trimestrales:** • Modelo 303 (IVA): Diferencia entre IVA repercutido y soportado • Modelo 130 (IRPF): Pago fraccionado del 20% sobre beneficios • Modelo 111 (Retenciones): Solo si tienes empleados o pagas a profesionales **Impuestos anuales:** • Modelo 390: Resumen anual de IVA • Modelo 100: Declaración de la renta (IRPF) • Modelo 347: Operaciones con terceros > 3.005,06€ **Particularidades:** • Si estás en módulos: Modelo 131 en lugar de 130 • Si facturas a empresas con retención: La retención reduce tu pago de IRPF • Exenciones de IVA: Algunas actividades están exentas (formación, sanidad, etc.) **Fechas de presentación:** • 1T: 1-20 abril • 2T: 1-20 julio • 3T: 1-20 octubre • 4T: 1-30 enero (año siguiente) Consulta con una gestoría para optimizar tu fiscalidad.
Los gastos deducibles deben estar relacionados con tu actividad: **Gastos directamente deducibles:** • Cuota de autónomos (RETA) • Alquiler del local de trabajo • Suministros (luz, agua, internet, teléfono) • Material y herramientas de trabajo • Seguros profesionales • Gastos de gestoría y asesoría **Gastos parcialmente deducibles:** • Vivienda como oficina: Proporción de uso profesional (máx. 30%) • Vehículo: 50% si uso mixto, 100% si uso exclusivo profesional • Móvil: Proporción de uso profesional **Gastos con límites:** • Dietas y manutención: 26,67€/día nacional, 48,08€/día internacional • Gastos de representación: Deben estar justificados **Gastos NO deducibles:** • Gastos personales o familiares • Multas y sanciones • Ropa que no sea uniformes o equipamiento profesional **Requisitos:** • Factura a nombre del autónomo (NIF) • Relación directa con la actividad • Registro en libro de gastos Conserva todas las facturas durante 4 años como mínimo.
Depende de tu actividad, pero es muy recomendable: **Profesiones con seguro OBLIGATORIO:** • Profesiones sanitarias (médicos, enfermeros, fisioterapeutas) • Profesiones técnicas (arquitectos, ingenieros) • Agentes y corredores de seguros • Abogados y procuradores • Constructoras (obligatorio por convenio) **Actividades donde es MUY RECOMENDABLE:** • Cualquier actividad con contacto con público • Servicios a domicilio • Actividades con riesgo de causar daños materiales • Profesionales que asesoran o toman decisiones para terceros **Coberturas habituales:** • Daños a terceros (personas y bienes) • Defensa jurídica • Responsabilidad profesional (errores y omisiones) • Responsabilidad de productos (si fabricas o vendes) **Coste orientativo:** • Autónomos sin empleados: 150-400€/año • Empresas pequeñas: 400-1.000€/año • Coberturas de 300.000€ a 600.000€ son habituales Consulta con una correduría de seguros para coberturas específicas de tu epígrafe IAE.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el epígrafe IAE 971.3
Trámites oficiales del modelo 037, alta de autónomos y gestión de epígrafes IAE
Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley Reguladora de las Haciendas Locales)
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - Alta censal y cotizaciones
Códigos CNAE asociados al epígrafe IAE 971.3 - Instituto Nacional de Estadística
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Si vas a iniciar una actividad económica por cuenta propia, necesitas declarar tu epígrafe IAE en el modelo 037 de Hacienda y darte de alta en el RETA de la Seguridad Social.
Empresas y sociedades que desarrollan actividades económicas deben declarar su código CNAE y epígrafe IAE al inscribirse en el Registro Mercantil y ante Hacienda.
El epígrafe IAE y código CNAE son necesarios para múltiples trámites: licencias municipales, solicitud de subvenciones, contratos públicos y declaraciones fiscales.
Gestorías y asesorías utilizan los códigos IAE y CNAE para clasificar correctamente las actividades de sus clientes en declaraciones fiscales y trámites con la administración.
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