CNAE 4939 Transporte de Pasajeros: Transición completa a CNAE 2025
Descubre cómo el CNAE 4939 se transforma en 4 códigos específicos en CNAE 2025. Guía con correspondencias IAE, casos prácticos y plazos obligatorios.

Contenido del artículo
- ¿Qué cambios trae la desaparición del CNAE 4939?
 - Los 4 nuevos códigos CNAE 2025 que sustituyen al 4939
 - Tabla comparativa: CNAE 2009 vs CNAE 2025
 - Correspondencias con códigos IAE actuales
 - Casos prácticos de reclasificación por actividad
 - Impacto fiscal y en cotizaciones sociales
 - Guía paso a paso para la reclasificación
 - Preguntas frecuentes
 
Introducción
La entrada en vigor del Real Decreto 10/2025 que aprueba la CNAE 2025 ha transformado completamente la clasificación del transporte terrestre de pasajeros. El código CNAE 4939 - Tipos de Transporte Terrestre de Pasajeros N.C.O.P. desaparece y se redistribuye en cuatro códigos más específicos, proporcionando mayor precisión estadística y regulatoria.
Si tu empresa o actividad autónoma estaba clasificada bajo el CNAE 4939, este cambio te afecta directamente y requiere acción antes del 30 de junio de 2025. Esta guía te ayudará a identificar tu nuevo código correcto, entender las implicaciones fiscales y completar el proceso de transición sin errores.
¿Qué cambios trae la desaparición del CNAE 4939?
La reestructuración del transporte terrestre
El CNAE 2025 introduce una reestructuración completa de las clases de transporte terrestre de pasajeros en la división 49. Esta transformación responde a la necesidad de mayor precisión estadística y regulatoria en un sector que ha experimentado cambios significativos.
Actividades que incluía el CNAE 4939:
- Servicios de autobuses de largo recorrido regulares
 - Servicios discrecionales de autocares para excursiones
 - Servicios de autobuses dentro de aeropuertos
 - Explotación de funiculares, teleféricos y telesillas
 - Transporte de pasajeros en vehículos de tracción animal o manual
 - Servicios de bicitaxi
 
Razones del cambio
La división del CNAE 4939 obedece a varios factores:
- Mayor especificidad regulatoria: Diferentes modalidades de transporte requieren normativas específicas
 - Precisión estadística: Permite un seguimiento más detallado de cada subsector
 - Armonización europea: Alineación con la NACE Rev.2.1 europea
 - Evolución del sector: Nuevas modalidades como servicios bajo demanda requieren clasificación específica
 
Los 4 nuevos códigos CNAE 2025 que sustituyen al 4939
49.31 - Transporte regular de pasajeros por carretera
Código íntegro: H49.31
Descripción: Comprende el transporte regular urbano, interurbano y de larga distancia de pasajeros por carretera, por ejemplo, en autobús, autocar, trolebús o minibús.
Actividades específicas:
- Transporte se efectúa por itinerarios regulares y según un horario establecido
 - Explotación de autobuses escolares y autobuses para el transporte laboral
 - Transporte regular de pasajeros por carretera con fines turísticos
 
Palabras clave: transporte regular urbano y de larga distancia por autobús, autobuses escolares y de trabajo, transporte turístico en autobús, transporte regular por carretera en autobús, minibuses y trolebuses.
49.32 - Transporte no regular de pasajeros por carretera
Código íntegro: H49.32
Descripción: Esta clase comprende el transporte no regular de pasajeros urbano, interurbano y de larga distancia, en vehículos para 10 o más personas.
Actividades específicas:
- Transporte no regular en vehículos para 10+ personas
 - Servicios de autocares para excursiones y eventos especiales
 - Transporte discrecional de grupos
 
Palabras clave: transporte no regular de pasajeros por carretera, transporte urbano e interurbano por minibús, transporte de larga distancia por autobús, servicios de transporte en vehículos de 10 o más personas.
49.34 - Transporte de pasajeros en teleféricos y remontes
Código íntegro: H49.34
Descripción: Esta clase comprende el transporte en teleféricos, remontes y telesillas, lo que puede incluir la preparación de las pistas de esquí.
Actividades específicas:
- Transporte de pasajeros en ascensores
 - Transporte de mercancías por teleférico
 - Preparación de pistas de esquí
 - Explotación de telesillas y remontes
 
Palabras clave: transporte de pasajeros en teleféricos y remontes, transporte turístico en telesillas, transporte de mercancías por teleférico, transporte en ascensores, preparación de pistas de esquí.
49.39 - Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
Código íntegro: H49.39
Descripción: Esta clase comprende los servicios de bicitaxi y el transporte de pasajeros por carretera en vehículos de tracción humana o animal.
Actividades específicas:
- Servicios de bicitaxi
 - Transporte de pasajeros en vehículos de tracción humana o animal
 
Palabras clave: servicios de bicitaxi, transporte de pasajeros en vehículos de tracción humana o animal.
Tabla comparativa: CNAE 2009 vs CNAE 2025

Ventajas de la nueva clasificación

Correspondencias con códigos IAE actuales
Tabla de correspondencias IAE-CNAE

Análisis por epígrafe IAE
IAE 721.1 - Transporte urbano colectivo
- Mejor correspondencia: CNAE 49.31
 - Razón: Enfoque específico en servicios regulares urbanos
 - Implicación fiscal: Sin cambios significativos en las obligaciones
 
IAE 721.3 - Transporte de viajeros por carretera
- Correspondencias múltiples: CNAE 49.31 (regular) o 49.32 (no regular)
 - Criterio de decisión: Regularidad del servicio ofrecido
 - Recomendación: Evaluar actividad principal para determinar el código más apropiado
 
IAE 729.2 - Transporte por teleféricos y funiculares
- Correspondencia única: CNAE 49.34
 - Ventaja: Clasificación perfectamente alineada
 - Beneficio: Mayor precisión regulatoria para el sector
 
IAE 729.3 - Otros servicios de transporte terrestre
- Correspondencia: CNAE 49.39
 - Actividades típicas: Bicitaxi, transporte con tracción animal
 - Consideración: Código residual para actividades no clasificadas en otros apartados
 
Casos prácticos de reclasificación por actividad
Caso 1: Empresa de Autobuses Interurbanos "TransRegión"
Situación: Empresa con líneas regulares entre ciudades de la región
- CNAE 2009: 4939
 - IAE actual: 721.3
 - Actividad principal: Servicios regulares con horarios fijos y paradas establecidas
 
Reclasificación recomendada:
- CNAE 2025: 49.31 (Transporte regular de pasajeros por carretera)
 - IAE: Mantener 721.3
 - Justificación: La regularidad del servicio es el factor determinante
 
Caso 2: Autocares Turísticos "ExcurSur"
Situación: Empresa especializada en excursiones y viajes turísticos discrecionales
- CNAE 2009: 4939
 - IAE actual: 721.3
 - Actividad principal: Servicios a demanda para grupos turísticos
 
Reclasificación recomendada:
- CNAE 2025: 49.32 (Transporte no regular de pasajeros por carretera)
 - IAE: Mantener 721.3
 - Justificación: Naturaleza no regular y discrecional del servicio
 
Caso 3: Teleférico del Mirador "SkyView"
Situación: Explotación de teleférico turístico en zona montañosa
- CNAE 2009: 4939
 - IAE actual: 729.2
 - Actividad principal: Transporte de turistas en teleférico con finalidad turística
 
Reclasificación recomendada:
- CNAE 2025: 49.34 (Transporte de pasajeros en teleféricos y remontes)
 - IAE: Mantener 729.2
 - Justificación: Correspondencia perfecta con la nueva clasificación específica
 
Caso 4: Servicio de Bicitaxi "EcoCycle"
Situación: Autónomo que presta servicios de bicitaxi en centro urbano
- CNAE 2009: 4939
 - IAE actual: 729.3
 - Actividad principal: Transporte de pasajeros en bicicletas adaptadas
 
Reclasificación recomendada:
- CNAE 2025: 49.39 (Otros tipos de transporte terrestre n.c.o.p.)
 - IAE: Mantener 729.3
 - Justificación: Actividad específicamente contemplada en el nuevo 49.39
 
Impacto fiscal y en cotizaciones sociales
Cotizaciones por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
La reclasificación del CNAE 4939 puede afectar las tarifas de AT/EP aplicables:

Obligaciones fiscales diferenciadas
CNAE 49.31 (Transporte regular):
- Obligaciones específicas de transporte público
 - Posibles deducciones por servicios esenciales
 - Regulación tarifaria específica
 
CNAE 49.32 (Transporte no regular):
- Mayor flexibilidad tarifaria
 - Obligaciones específicas sector turístico
 - Posible aplicación de IVA turístico en ciertas CC.AA.
 
CNAE 49.34 (Teleféricos):
- Regulación específica sector turístico montaña
 - Posibles beneficios fiscales en zonas rurales
 - Obligaciones ambientales específicas
 
CNAE 49.39 (Otros transportes):
- Régimen fiscal simplificado para pequeños operadores
 - Posibles incentivos para movilidad sostenible
 
Guía paso a paso para la reclasificación
Paso 1: Identifica tu nuevo código CNAE 2025
- Analiza tu actividad principal:
- ¿Es transporte regular con horarios fijos? → 49.31
 - ¿Es transporte discrecional en vehículos 10+ personas? → 49.32
 - ¿Es teleférico, telesilla o similar? → 49.34
 - ¿Es bicitaxi o tracción animal/humana? → 49.39
 
 - Verifica la correspondencia:
- Consulta las definiciones oficiales en el BOE
 - Utiliza el conversor IAE CNAE para validar
 - Consulta con tu asesor fiscal en casos dudosos
 
 
Paso 2: Comunica el cambio a los organismos
Plazo límite: 30 de junio de 2025
Organismos a notificar:
- Seguridad Social (Plazo prioritario)
 - Agencia Tributaria (AEAT)
 - Organismos autonómicos (según CC.AA.)
 - Mutua de accidentes (si procede)
 
Documentación necesaria:
- Modelo específico de cambio de actividad
 - Justificación del nuevo código elegido
 - Certificado de situación fiscal actualizado
 
Paso 3: Actualiza tu documentación empresarial
- Facturas y presupuestos: Incluir nuevo código CNAE
 - Contratos de trabajo: Actualizar clasificación sectorial
 - Pólizas de seguros: Verificar coberturas según nueva actividad
 - Licencias y autorizaciones: Comprobar vigencia con nuevo código
 
Paso 4: Revisa implicaciones fiscales
- Cotizaciones sociales: Verificar nuevas tarifas AT/EP
 - Deducciones aplicables: Evaluar nuevas oportunidades
 - Obligaciones específicas: Cumplir normativa sectorial del nuevo código
 - IVA y otros impuestos: Revisar tipos aplicables
 
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no comunico el cambio antes del 30 de junio de 2025?
El incumplimiento del plazo puede conllevar sanciones administrativas y la aplicación automática de un código CNAE genérico que puede ser menos favorable fiscalmente. Es recomendable gestionar el cambio lo antes posible.
¿Debo cambiar también mi epígrafe IAE al reclasificar mi CNAE?
No necesariamente. Los epígrafes IAE mantienen su validez, pero es recomendable revisar si existe una correspondencia más precisa con tu nueva actividad CNAE 2025 que pueda ser más beneficiosa.
¿Cómo afecta el cambio a mis contratos con clientes actuales?
Los contratos vigentes mantienen su validez. Sin embargo, es recomendable incluir el nuevo código CNAE en futuros contratos y notificar a clientes importantes sobre la reclasificación para evitar confusiones administrativas.
¿Qué hago si mi actividad podría encajar en dos códigos CNAE 2025 diferentes?
Debes elegir el código correspondiente a tu actividad principal (aquella que genera mayor facturación). Si tienes dudas, consulta con un asesor especializado o utiliza la herramienta CodIA del INE para orientación.
¿El cambio de CNAE afecta a mis cotizaciones de autónomo?
Potencialmente sí. Las tarifas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales pueden variar según el nuevo código. Es recomendable consultar con tu mutua o asesor para evaluar el impacto económico.
¿Puedo mantener el CNAE 4939 si mi actividad no encaja exactamente en los nuevos códigos?
No. El CNAE 4939 desaparece completamente en 2025. Todas las actividades deben reclasificarse en alguno de los nuevos códigos específicos o en otra categoría CNAE apropiada.
¿Cómo verifico que he elegido el código correcto?
Puedes utilizar el conversor IAE CNAE, consultar las notas explicativas oficiales del INE, o solicitar verificación a través de la herramienta CodIA. En casos complejos, es recomendable asesoramiento profesional.
Conclusiones
La desaparición del CNAE 4939 y su división en cuatro códigos específicos representa una modernización necesaria del sistema de clasificación económica español. Esta transformación ofrece mayor precisión regulatoria y estadística, permitiendo un mejor seguimiento sectorial y la aplicación de normativas más específicas.
Para empresas y autónomos del sector transporte terrestre de pasajeros, este cambio requiere acción inmediata antes del 30 de junio de 2025. La elección correcta del nuevo código CNAE no solo es una obligación legal, sino una oportunidad para optimizar la clasificación fiscal y regulatoria de tu actividad.
La correspondencia con los códigos IAE existentes se mantiene en gran medida, facilitando la transición. Sin embargo, es fundamental evaluar cada caso específico para asegurar la clasificación más apropiada y beneficiosa.
Próximos pasos recomendados:
- Identifica tu nuevo código CNAE 2025 utilizando esta guía
 - Consulta con tu asesor fiscal sobre las implicaciones específicas
 - Comunica el cambio a todos los organismos pertinentes antes del plazo límite
 - Actualiza toda tu documentación empresarial y contractual
 
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Fuentes: Instituto Nacional Estadística (INE), Agencia Tributaria (AEAT), conversoriaecnae.es
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


