CNAE-2025: Nueva tarifa de primas de Seguridad Social desde enero 2026

El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, ha traído consigo cambios significativos en la forma en que las empresas y autónomos españoles cotizan a la...

Brian Mena
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CNAE-2025: Nueva Tarifa de Primas de Seguridad Social desde Enero 2026

El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, ha traído consigo cambios significativos en la forma en que las empresas y autónomos españoles cotizan a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. A partir del 1 de enero de 2026, entra en vigor una nueva estructura tarifaria basada en la actualización de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025), sustituyendo la versión vigente desde 2009. Este cambio normativo es fundamental para gestores administrativos, asesores fiscales y empresarios que necesitan asegurar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de cotización social.

En este artículo te explicamos en detalle cómo afecta esta reforma a tu empresa, qué obligaciones debes cumplir antes del 1 de enero de 2026, y cuáles son las principales novedades de la CNAE-2025 en materia de cotización.

Principales Novedades del RD-ley 16/2025

El Real Decreto-ley 16/2025 introduce cambios sustanciales en el cálculo de las primas de Seguridad Social. La novedad más importante es la adaptación de toda la estructura tarifaria a la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025), que moderniza y actualiza la codificación que venía siendo utilizada desde 2009.

Esta actualización no es meramente administrativa, sino que tiene implicaciones directas en el cálculo de tus cotizaciones. Los tipos de prima varían según el código CNAE asignado a tu actividad económica, por lo que una clasificación incorrecta puede resultar en el pago de cuotas más elevadas de lo necesario o, en el peor de los casos, en sanciones por incumplimiento.

Según la fuente oficial de Mutua Universal, la adaptación al CNAE-2025 es obligatoria y vinculante para todos los sujetos obligados a cotizar a la Seguridad Social, tanto empresas como trabajadores autónomos.

Obligación de Comunicación antes del 1 de Enero de 2026

Una de las cuestiones más críticas derivadas del RD-ley 16/2025 es la obligación de comunicar el nuevo código CNAE-2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes del 1 de enero de 2026. Esta es una obligación que no debe tomarse a la ligera, ya que tiene consecuencias directas en tus cotizaciones.

¿Qué sucede si no comunicas tu CNAE-2025 a tiempo?

Si no realizas la comunicación antes de la fecha límite, se te aplicará automáticamente el tipo de cotización más alto disponible en la tarifa. Esta es una medida de cautela que la Administración adopta para garantizar la recaudación, pero que puede resultar muy perjudicial para tu tesorería. Por ejemplo, si tu actividad real corresponde a un código CNAE con tipo de prima reducido, pero no lo comunicas, pagarás la tarifa máxima hasta que corrijas la situación.

Importante: Las correcciones posteriores a la fecha límite no tendrán efectos retroactivos. Esto significa que, aunque corrijas tu clasificación después del 1 de enero de 2026, no podrás recuperar las cantidades pagadas en exceso durante el período en el que se aplicó el tipo más alto.

Cómo Identificar tu Código CNAE-2025

Identificar correctamente tu código CNAE es fundamental para aplicar la tarifa de cotización que corresponde a tu actividad. La CNAE-2025 ha reorganizado y actualizado muchas de las clasificaciones anteriores, por lo que es posible que tu código haya cambiado respecto a la versión de 2009.

Algunos ejemplos de códigos CNAE-2025 relevantes para actividades comunes en España incluyen:

  • CNAE 4791: Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor no especializado. Este código es de gran importancia para comerciantes y distribuidores que actúan como intermediarios.
  • CNAE 6831: Servicios de intermediación para actividades inmobiliarias. Fundamental para agentes inmobiliarios, gestorías y empresas de asesoramiento inmobiliario.
  • CNAE 4619: Actividades de los agentes del comercio al por mayor no especializado. Aplicable a mayoristas y distribuidores de diversos sectores.

Para identificar correctamente tu actividad, puedes consultar el catálogo oficial de la CNAE-2025 publicado por el INE (Instituto Nacional de Estadística) o utilizar herramientas especializadas. Si tienes dudas sobre cuál es tu código exacto, te recomendamos utilizar el [@portabletext/react] Unknown block type "span", specify a component for it in the `components.types` prop, que te ayudará a identificar tanto tu código CNAE como su equivalente en el sistema IAE (Índice de Actividades Económicas).

Relación entre CNAE-2025 e IAE: Implicaciones Prácticas

Muchos empresarios españoles están familiarizados con el sistema IAE (Índice de Actividades Económicas), que ha sido utilizado históricamente para la clasificación de actividades en materia fiscal. Con la introducción de la CNAE-2025, es importante entender cómo ambos sistemas se relacionan.

Aunque técnicamente son sistemas diferentes, existe una correspondencia entre códigos CNAE e IAE. Por ejemplo:

  • El código IAE 501.3 (Albañilería y pequeños trabajos de construcción) tiene su equivalente en determinados códigos CNAE del sector de la construcción.
  • El código IAE 691.2 (Reparación de automóviles y bicicletas) se corresponde con códigos CNAE específicos del sector de reparación.
  • El código IAE 722 (Transporte de mercancías por carretera) tiene su equivalencia en los códigos CNAE del sector del transporte.

Para evitar confusiones y asegurar que comunicas el código correcto a la TGSS, es recomendable verificar la correspondencia entre tu código IAE actual y el nuevo CNAE-2025. Esto es especialmente importante si tu empresa ha estado utilizando el mismo código IAE durante años, ya que es posible que la nueva clasificación CNAE requiera una actualización.

Proceso de Comunicación a la TGSS

La comunicación del código CNAE-2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social debe realizarse a través de los canales oficiales habilitados. Aunque el RD-ley 16/2025 establece la obligación, es recomendable que:

1. Verifiques tu código CNAE actual en el Registro de Actividades Económicas (RAE) de la AEAT.

2. Identifiques el código CNAE-2025 correcto consultando el catálogo del INE o utilizando herramientas de consulta.

3. Realices la comunicación formal a la TGSS a través de los medios telemáticos disponibles (Portal de la TGSS o a través de tu gestoría).

4. Conserves la documentación que acredite la comunicación, en caso de que surja una reclamación posterior.

Si trabajas con un gestor administrativo o asesor fiscal, es recomendable que le indiques esta obligación para que se encargue de la tramitación en tu nombre.

Impacto en las Cuotas de Cotización

El cambio a la CNAE-2025 puede tener un impacto significativo en el importe de tus cotizaciones a la Seguridad Social. Dependiendo de tu sector y actividad, es posible que:

  • Tu tarifa de cotización disminuya, lo que resultaría en un ahorro en tus cuotas mensuales.
  • Tu tarifa de cotización aumente, lo que incrementaría tus gastos de cotización.
  • Se mantenga prácticamente igual, especialmente si tu actividad ya estaba bien clasificada en el sistema anterior.

Esta variación depende fundamentalmente de cómo se haya clasificado tu actividad en la nueva CNAE-2025 y de los criterios de riesgo que se apliquen en la nueva tarifa. Es recomendable que solicites a tu mutua o a la TGSS una simulación de cómo afectará el cambio a tus cotizaciones específicas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si no comunico mi CNAE-2025 antes del 1 de enero de 2026?

Si no comunicas tu código CNAE-2025 a la Tesorería General de la Seguridad Social antes de la fecha límite, se te aplicará automáticamente el tipo de cotización más alto disponible en la tarifa. Esta es una medida de protección para la Administración, pero que puede resultar muy costosa para tu empresa. Además, las correcciones posteriores no tendrán efectos retroactivos, por lo que no podrás recuperar el dinero pagado en exceso durante el período en que se aplicó la tarifa máxima. Por esta razón, es fundamental que realices la comunicación cuanto antes.

¿Cómo sé cuál es mi código CNAE-2025 correcto?

Puedes identificar tu código CNAE-2025 consultando el catálogo oficial del INE (Instituto Nacional de Estadística), a través del Portal de la AEAT, o utilizando herramientas especializadas como el [@portabletext/react] Unknown block type "span", specify a component for it in the `components.types` prop. Si tienes dudas sobre cuál es el código que corresponde exactamente a tu actividad, te recomendamos que consultes con tu gestor administrativo o con la propia TGSS, que pueden proporcionarte asesoramiento personalizado.

¿Afecta el cambio a CNAE-2025 a mi número de afiliación a la Seguridad Social?

No, el cambio de código CNAE-2025 no afecta a tu número de afiliación a la Seguridad Social. Tu número de afiliación permanecerá igual; lo que cambia es el código de clasificación de tu actividad económica, que es lo que determina la tarifa de cotización que debes aplicar.

¿Debo comunicar el CNAE-2025 si soy autónomo?

Sí, la obligación de comunicar el código CNAE-2025 aplica tanto a empresas como a trabajadores autónomos. Si eres autónomo, debes comunicar tu código CNAE-2025 a la TGSS antes del 1 de enero de 2026 para evitar que se te aplique la tarifa máxima.

Conclusión: Actúa Ahora

El RD-ley 16/2025 y la introducción de la CNAE-2025 representan un cambio importante en la clasificación de actividades económicas en España. La obligación de comunicar tu código CNAE-2025 antes del 1 de enero de 2026 no es una recomendación, sino un requisito legal con consecuencias directas en tus cotizaciones.

Para evitar problemas y asegurar que aplicas la tarifa de cotización correcta, te recomendamos que:

1. Identifiques correctamente tu código CNAE-2025 lo antes posible.

2. Realices la comunicación formal a la TGSS antes de la fecha límite.

3. Consultes con tu gestor administrativo o asesor fiscal si tienes dudas.

4. Conserves toda la documentación relacionada con la comunicación.

Actuar con celeridad te permitirá evitar aplicar la tarifa máxima de cotización y asegurar que tu empresa cumple correctamente con sus obligaciones en materia de Seguridad Social. Si aún no has realizado esta comunicación, te recomendamos que lo hagas de forma inmediata.

Fuentes: Fuente: mutuauniversal.net

Brian Mena

Brian Mena

Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.

Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.

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