IAE 654.1: Actividades de Seguros - Guía Completa
El código IAE 654.1 clasifica las actividades de agentes de seguros independientes. Conoce los requisitos de alta, obligaciones fiscales y cuándo utilizarlo.

IAE 654.1: Actividades de Seguros - Guía Completa para Profesionales
Introducción
El código IAE 654.1 clasifica las actividades de agentes de seguros independientes que actúan como intermediarios entre las aseguradoras y los clientes. Este código es fundamental para profesionales que desean ejercer la actividad de intermediación de seguros de forma autónoma en España. La importancia de este código radica en que permite a los agentes de seguros obtener la debida clasificación fiscal y cumplir con las obligaciones legales establecidas tanto por la Administración Tributaria como por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Los agentes que utilizan este código deben estar registrados en el Registro de Intermediarios de Seguros (RIS) y cumplir con la normativa específica del sector asegurador.
Descripción Detallada
El código IAE 654.1 engloba las actividades de intermediación de seguros realizadas por profesionales que actúan como agentes de seguros. Estas actividades incluyen:
Actividades Específicas Incluidas:
- Intermediación de seguros generales: Venta y asesoramiento de pólizas de seguros de vida, seguros de automóvil, seguros de hogar, seguros de responsabilidad civil, seguros de viaje y otros seguros no vinculados a inversión.
- Gestión de pólizas: Tramitación de solicitudes de pólizas, renovaciones, modificaciones de coberturas y gestión administrativa de contratos de seguros.
- Asesoramiento asegurador: Orientación a clientes sobre qué tipo de cobertura necesitan según su situación personal o empresarial.
- Tramitación de siniestros: Asistencia a clientes en la presentación de reclamaciones y gestión de siniestros ante las aseguradoras.
- Comisiones por venta: Los ingresos principales proceden de las comisiones que pagan las compañías aseguradoras por las pólizas intermediadas.
Ejemplos Concretos de Profesionales:
Este código es utilizado por agentes de seguros independientes que trabajan por cuenta propia, como profesionales que tienen su propia oficina de seguros y atienden a clientes particulares y empresas. También lo utilizan los agentes que trabajan bajo el régimen de exclusividad con una o varias aseguradoras pero mantienen su condición de autónomos. Ejemplos incluyen: un agente de seguros de automóvil que asesora a clientes sobre pólizas, un profesional especializado en seguros de hogar que atiende a particulares, o un intermediario que ofrece seguros de vida y pensiones.
Cuándo Usar Este Código vs. Otros Similares:
- IAE 654.1 (Agentes de seguros): Profesionales independientes que actúan como intermediarios.
- IAE 654.2 (Corredores de seguros): Profesionales que actúan como intermediarios independientes pero con mayor alcance y capacidad de negociación.
- IAE 654.3 (Gestores administrativos de seguros): Profesionales dedicados exclusivamente a la gestión administrativa sin intermediación.
Es fundamental diferenciar entre:
Debes usar IAE 654.1 si tu actividad principal es la venta y asesoramiento de pólizas de seguros como agente independiente, percibiendo comisiones de las aseguradoras por las pólizas intermediadas.
Actividades Excluidas
No están incluidas en el código IAE 654.1 las siguientes actividades:
- Corredores de seguros (IAE 654.2): Aunque también son intermediarios, los corredores tienen una regulación diferente y mayor capacidad de negociación con las aseguradoras.
- Gestión de fondos de pensiones (IAE 654.4): La intermediación de fondos de pensiones se clasifica en un código diferente.
- Actividades de seguros vinculadas a inversión (IAE 654.5): Los seguros con componente de inversión tienen clasificación separada.
- Empleados de aseguradoras (sin código IAE propio): Los trabajadores por cuenta ajena de compañías aseguradoras no requieren alta en IAE.
- Actividades de asesoramiento financiero no específicamente de seguros (IAE 6820): El asesoramiento financiero general se clasifica en otro código.
Es crucial evitar confundir este código con el de corretor de seguros (654.2), ya que aunque ambos son intermediarios, tienen diferencias legales y de obligaciones significativas.
Códigos Relacionados
Equivalencia CNAE:
- CNAE 6621: Actividades de agentes de seguros y corredores de seguros.
- CNAE 6629: Otras actividades auxiliares de seguros y fondos de pensiones.
El código IAE 654.1 no tiene una equivalencia directa con un único código CNAE, ya que la clasificación de actividades de seguros en el CNAE es más genérica. Sin embargo, se relaciona con:
Códigos IAE Similares en la Misma Categoría:
- IAE 654.2 (Corredores de seguros): Para profesionales con mayor autonomía e independencia.
- IAE 654.3 (Gestores administrativos): Para profesionales dedicados a la gestión sin intermediación.
- IAE 654.4 (Fondos de pensiones): Para intermediación de fondos de pensiones.
- IAE 654.5 (Seguros de inversión): Para intermediación de seguros con componente de inversión.
Cuándo Elegir Uno u Otro:
- Si actúas como agente vinculado o semivinculado a aseguradoras: IAE 654.1
- Si actúas de forma completamente independiente sin vinculación: IAE 654.2 (corretor)
- Si solo gestionas administrativamente pólizas: IAE 654.3
- Si intermedias fondos de pensiones: IAE 654.4
La elección depende de tu modelo de negocio:
Preguntas Frecuentes
¿Necesito registro especial para usar el código IAE 654.1?
Sí, además de darte de alta en el IAE con el código 654.1, debes estar inscrito en el Registro de Intermediarios de Seguros (RIS) que gestiona la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este registro es obligatorio y debes solicitarlo antes o simultáneamente con tu alta en el IAE. Sin la inscripción en el RIS, no puedes ejercer legalmente como agente de seguros. La inscripción es gratuita pero requiere cumplir con ciertos requisitos de formación y solvencia.
¿Cuál es la diferencia fiscal entre un agente de seguros (654.1) y un corretor (654.2)?
Desde el punto de vista fiscal, ambos tienen obligaciones similares: declaración de la renta, IVA (si aplica), y registro en el IAE. Sin embargo, la diferencia principal es de naturaleza legal y regulatoria. Los agentes (654.1) pueden estar vinculados a una o varias aseguradoras específicas, mientras que los corredores (654.2) actúan con total independencia. En cuanto a tributación, ambos declaran sus ingresos por comisiones, pero los corredores pueden tener mayor flexibilidad en su modelo de negocio y, potencialmente, mayores ingresos por su mayor independencia.
¿Qué obligaciones contables tengo como agente de seguros con IAE 654.1?
Como agente de seguros, debes mantener un registro detallado de todas las pólizas intermediadas, comisiones percibidas y siniestros gestionados. Aunque como autónomo puedes optar por el régimen simplificado de IVA, debes llevar un libro de ingresos y gastos o contabilidad completa si superas los umbrales de facturación. Además, debes conservar toda la documentación de las pólizas y contratos durante al menos cinco años. Es recomendable utilizar software de gestión específico para seguros que facilite la trazabilidad de operaciones.
¿Puedo cambiar de IAE 654.1 a 654.2 (corretor) en el futuro?
Sí, puedes cambiar tu clasificación si tu modelo de negocio evoluciona. Para pasar de agente (654.1) a corretor (654.2), debes solicitar la modificación en el IAE y cumplir con los requisitos específicos del corretor ante la Dirección General de Seguros. Este cambio es administrativo pero requiere que cumplas con nuevas obligaciones regulatorias. Muchos profesionales comienzan como agentes vinculados y posteriormente se independizan como corredores para tener mayor libertad comercial.
¿Necesito seguro de responsabilidad civil como agente de seguros?
Sí, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil profesional. Este seguro te protege ante posibles reclamaciones de clientes por negligencia o errores en la intermediación. El importe mínimo de cobertura está regulado por la Dirección General de Seguros y varía según el volumen de primas intermediadas. Sin este seguro, no puedes estar inscrito en el RIS ni ejercer legalmente. El coste del seguro es un gasto deducible fiscalmente.
Conclusión
El código IAE 654.1 es la clasificación correcta para agentes de seguros independientes que intermedian pólizas de seguros generales. Requiere inscripción obligatoria en el Registro de Intermediarios de Seguros, seguro de responsabilidad civil y cumplimiento de obligaciones específicas del sector. Es fundamental diferenciarlo de códigos similares como el 654.2 (corredores) para elegir la clasificación más adecuada a tu modelo de negocio. Te recomendamos utilizar nuestro conversor IAE-CNAE para verificar que tu clasificación es correcta y consultar con un asesor fiscal especializado en seguros para optimizar tu situación tributaria.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Necesito registro especial para usar el código IAE 654.1?
Sí, además de darte de alta en el IAE con el código 654.1, debes estar inscrito obligatoriamente en el Registro de Intermediarios de Seguros (RIS) que gestiona la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Este registro es requisito legal para ejercer como agente de seguros y debes solicitarlo antes o simultáneamente con tu alta en el IAE.
La inscripción en el RIS es gratuita pero requiere cumplir con ciertos requisitos: tener formación específica en seguros (certificado de competencia profesional), contar con seguro de responsabilidad civil obligatorio, y demostrar solvencia financiera. Sin la inscripción en el RIS, no puedes ejercer legalmente como agente de seguros ni recibir comisiones de aseguradoras, por lo que es absolutamente imprescindible completar este trámite antes de iniciar actividad.
¿Cuál es la diferencia fiscal entre un agente de seguros (654.1) y un corretor (654.2)?
Desde el punto de vista fiscal, agentes (654.1) y corredores (654.2) tienen obligaciones muy similares: ambos deben declarar la renta por sus comisiones, están sujetos a IVA (aunque pueden acogerse a régimen simplificado), y deben mantener registros contables.
La diferencia principal es de naturaleza legal y regulatoria, no fiscal. Los agentes pueden estar vinculados a una o varias aseguradoras específicas, mientras que los corredores actúan con total independencia sin vinculación. En la práctica, los corredores suelen tener mayor flexibilidad comercial y potencialmente mayores ingresos por poder negociar con múltiples aseguradoras. Fiscalmente, ambos declaran sus ingresos de la misma forma, pero debes elegir el código correcto según tu modelo de negocio real.
¿Qué obligaciones contables tengo como agente de seguros con IAE 654.1?
Como agente de seguros, debes mantener un registro detallado de todas las pólizas intermediadas, comisiones percibidas y siniestros gestionados. Aunque como autónomo puedes optar por el régimen simplificado de IVA, debes llevar obligatoriamente un libro de ingresos y gastos o contabilidad completa si superas los umbrales de facturación (600.000 euros anuales aproximadamente).
Además, debes conservar toda la documentación de las pólizas, contratos, comunicaciones con aseguradoras y clientes durante al menos cinco años. Es altamente recomendable utilizar software de gestión específico para seguros que facilite la trazabilidad de operaciones y te ayude a cumplir con la normativa de protección de datos (RGPD). La Dirección General de Seguros puede realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de estas obligaciones.
¿Necesito seguro de responsabilidad civil como agente de seguros?
Sí, es absolutamente obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil profesional para poder ejercer como agente de seguros. Este seguro te protege ante posibles reclamaciones de clientes por negligencia, errores en la intermediación o incumplimiento de obligaciones.
El importe mínimo de cobertura está regulado por la Dirección General de Seguros y varía según el volumen de primas intermediadas. Sin este seguro, no puedes estar inscrito en el RIS ni ejercer legalmente. El coste del seguro es un gasto deducible fiscalmente en tu declaración de la renta, lo que reduce tu base imponible. Debes renovar el seguro anualmente y mantener la póliza vigente durante toda tu actividad como agente.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social

Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


